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    LO 3/2018 (LOPDGDD) · art. 28 a 39

    Test del Título V de la LO 3/2018 (LOPDGDD)

    27 preguntas tipo test con respuesta explicada y los 12 artículos del Título V, con su texto consolidado del BOE.

    Modo práctica · sin reloj

    Test de la LO 3/2018 (LOPDGDD)

    Tandas de 10 preguntas al azar. Ves la respuesta y el artículo al momento.

    Artículos del Título V

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    Preguntas del Título V con respuesta

    1.¿Qué tipo de medidas deben determinar los responsables y encargados del tratamiento para garantizar la conformidad con la normativa?

    1. a) Medidas técnicas y organizativas apropiadas
    2. b) Medidas económicas y jurídicas apropiadas
    3. c) Medidas de seguridad y control adecuadas
    4. d) Medidas de información y sensibilización necesarias
    Ver respuesta

    Respuesta: a) Medidas técnicas y organizativas apropiadas

    Según el artículo 28.1 de la LOPDGDD, los responsables y encargados "determinarán las medidas técnicas y organizativas apropiadas" para garantizar la conformidad.

    Artículo 28: Obligaciones generales del responsable y encargado del tratamiento

    2.¿En cuál de los siguientes supuestos deben los responsables y encargados tener en cuenta, en particular, los mayores riesgos?

    1. a) Cuando el tratamiento implicase una evaluación de aspectos personales con fines estadísticos
    2. b) Cuando se produjese el tratamiento meramente incidental de categorías especiales de datos
    3. c) Cuando el tratamiento pudiese privar a los afectados de sus derechos y libertades
    4. d) Cuando los datos personales fuesen objeto de transferencia a terceros Estados con nivel adecuado de protección
    Ver respuesta

    Respuesta: c) Cuando el tratamiento pudiese privar a los afectados de sus derechos y libertades

    El artículo 28.2.b) de la LOPDGDD establece que se tendrán en cuenta los mayores riesgos "Cuando el tratamiento pudiese privar a los afectados de sus derechos y libertades o pudiera impedirles el ejercicio del control sobre sus datos personales". Las otras opciones contienen modificaciones que las hacen incorrectas.

    Artículo 28: Obligaciones generales del responsable y encargado del tratamiento

    3.El tratamiento no meramente incidental o accesorio de categorías especiales de datos implica mayores riesgos, según el artículo 28.2.c), cuando se refiere a los datos de:

    1. a) Los artículos 9 y 10 del Reglamento (UE) 2016/679 y 11 y 12 de esta ley orgánica
    2. b) Los artículos 9 y 10 del Reglamento (UE) 2016/679 y 9 y 10 de esta ley orgánica
    3. c) Los artículos 9 y 10 del Reglamento (UE) 2016/679 y los datos relacionados con la comisión de infracciones penales
    4. d) Los artículos 8 y 9 del Reglamento (UE) 2016/679 y 9 y 10 de esta ley orgánica
    Ver respuesta

    Respuesta: b) Los artículos 9 y 10 del Reglamento (UE) 2016/679 y 9 y 10 de esta ley orgánica

    El artículo 28.2.c) de la LOPDGDD menciona las "categorías especiales de datos a las que se refieren los artículos 9 y 10 del Reglamento (UE) 2016/679 y 9 y 10 de esta ley orgánica o de los datos relacionados con la comisión de infracciones administrativas".

    Artículo 28: Obligaciones generales del responsable y encargado del tratamiento

    4.¿Cómo se determinarán las responsabilidades en supuestos de corresponsabilidad en el tratamiento, según la LOPDGDD?

    1. a) En función del volumen de datos tratados por cada uno de los corresponsables del tratamiento
    2. b) Mediante un acuerdo previo entre los corresponsables del tratamiento, que deberá ser comunicado a la AEPD
    3. c) Con base en la proporción de recursos técnicos y humanos dedicados por cada corresponsable al tratamiento
    4. d) Atendiendo a las actividades que efectivamente desarrolle cada uno de los corresponsables del tratamiento
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    Respuesta: d) Atendiendo a las actividades que efectivamente desarrolle cada uno de los corresponsables del tratamiento

    Según el artículo 29 de la LO 3/2018, la determinación de las responsabilidades se realizará atendiendo a las actividades que efectivamente desarrolle cada uno de los corresponsables del tratamiento.

    Artículo 29: Supuestos de corresponsabilidad en el tratamiento

    5.En caso de exigencia de responsabilidad por daños y perjuicios en los términos del artículo 82 del Reglamento (UE) 2016/679, ¿quiénes responderán solidariamente?

    1. a) Los responsables, encargados y representantes
    2. b) Los responsables y los representantes, excluyendo a los encargados
    3. c) Únicamente el representante, sin perjuicio de su acción de repetición
    4. d) Solo los responsables y encargados del tratamiento
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    Respuesta: a) Los responsables, encargados y representantes

    El artículo 30.2 de la LOPDGDD establece que los responsables, encargados y representantes responderán solidariamente de los daños y perjuicios causados en caso de exigencia de responsabilidad en los términos previstos en el artículo 82 del Reglamento (UE) 2016/679.

    Artículo 30: Representantes de los responsables o encargados del tratamiento no establecidos en la Unión Europea

    6.¿Qué autoridades podrán imponer medidas al representante de un responsable o encargado no establecido en la UE, solidariamente con estos?

    1. a) Solo la Agencia Española de Protección de Datos, en coordinación con las autoridades autonómicas
    2. b) Las autoridades autonómicas de protección de datos, previa autorización de la Agencia Española
    3. c) El Ministerio de Justicia, a propuesta de la Agencia Española de Protección de Datos
    4. d) La Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, las autoridades autonómicas de protección de datos
    Ver respuesta

    Respuesta: d) La Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, las autoridades autonómicas de protección de datos

    Según el artículo 30.1 de la LOPDGDD, la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, las autoridades autonómicas de protección de datos podrán imponer al representante, solidariamente con el responsable o encargado del tratamiento, las medidas establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679.

    Artículo 30: Representantes de los responsables o encargados del tratamiento no establecidos en la Unión Europea

    7.Cuando el responsable o el encargado del tratamiento hubieran designado un delegado de protección de datos, ¿a quién deberán comunicar las adiciones, modificaciones o exclusiones en el contenido del registro de actividades de tratamiento?

    1. a) Al titular de los datos personales afectados
    2. b) Al Delegado de Protección de Datos designado
    3. c) A la autoridad de control competente
    4. d) Al representante legal del responsable o encargado
    Ver respuesta

    Respuesta: b) Al Delegado de Protección de Datos designado

    Según el artículo 31.1 de la LOPDGDD, cuando el responsable o el encargado del tratamiento hubieran designado un delegado de protección de datos deberán comunicarle cualquier adición, modificación o exclusión en el contenido del registro.

    Artículo 31: Registro de las actividades de tratamiento

    8.¿Qué sujetos deben hacer público un inventario de sus actividades de tratamiento accesible por medios electrónicos, según el artículo 31.2 de la LOPDGDD?

    1. a) Los sujetos enumerados en el artículo 77.1 de esta ley orgánica
    2. b) Aquellos que hayan designado un delegado de protección de datos
    3. c) Todos los responsables y encargados del tratamiento
    4. d) Los responsables y encargados que no apliquen la excepción prevista en el RGPD
    Ver respuesta

    Respuesta: a) Los sujetos enumerados en el artículo 77.1 de esta ley orgánica

    El artículo 31.2 de la LOPDGDD establece que los sujetos enumerados en el artículo 77.1 de esta ley orgánica harán público un inventario de sus actividades de tratamiento.

    Artículo 31: Registro de las actividades de tratamiento

    9.¿Qué órganos pueden fijar excepciones a la obligación de bloqueo de datos?

    1. a) El responsable del tratamiento, previa solicitud justificada, y la Agencia Española de Protección de Datos
    2. b) La Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos
    3. c) Los jueces y tribunales, en el curso de un procedimiento judicial, y las autoridades autonómicas de protección de datos
    4. d) El Ministerio Fiscal, en el ejercicio de sus funciones de defensa de la legalidad, y la Agencia Española de Protección de Datos
    Ver respuesta

    Respuesta: b) La Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos

    Según el artículo 32.5 de la LO 3/2018, la Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos son las competentes para fijar excepciones a la obligación de bloqueo.

    Artículo 32: Bloqueo de los datos

    10.¿Para qué finalidad pueden ser tratados los datos bloqueados?

    1. a) Para la mejora de los servicios ofrecidos a los interesados, con su consentimiento expreso
    2. b) Para la gestión interna del responsable, siempre que no suponga un riesgo para los derechos
    3. c) Para la puesta a disposición de jueces y tribunales, Ministerio Fiscal o AAPP competentes
    4. d) Para la realización de estudios estadísticos o de investigación científica, previa anonimización
    Ver respuesta

    Respuesta: c) Para la puesta a disposición de jueces y tribunales, Ministerio Fiscal o AAPP competentes

    El artículo 32.2 de la LO 3/2018 establece que los datos bloqueados pueden ser tratados para su puesta a disposición de jueces y tribunales, el Ministerio Fiscal o las Administraciones Públicas competentes para la exigencia de posibles responsabilidades.

    Artículo 32: Bloqueo de los datos

    11.Si la configuración del sistema no permite el bloqueo o implica un esfuerzo desproporcionado, ¿qué procedimiento se seguirá?

    1. a) Se realizará una evaluación de impacto para determinar medidas alternativas de seguridad
    2. b) Se procederá a un copiado seguro de la información con evidencia digital o de otra naturaleza
    3. c) Se solicitará autorización a la autoridad de protección de datos competente para no bloquear
    4. d) Se informará a los afectados de la imposibilidad de bloqueo y se suprimirán directamente
    Ver respuesta

    Respuesta: b) Se procederá a un copiado seguro de la información con evidencia digital o de otra naturaleza

    El artículo 32.4 de la LO 3/2018 indica que, en tales casos, se procederá a un copiado seguro de la información de modo que conste evidencia digital, o de otra naturaleza.

    Artículo 32: Bloqueo de los datos

    12.Cuando finalice la prestación de servicios del encargado y exista una previsión legal que obligue a la conservación de los datos, ¿qué deberá hacerse con ellos?

    1. a) Deberán ser destruidos por el encargado, informando al responsable de la imposibilidad de devolución
    2. b) Podrán ser entregados a un nuevo encargado, si así lo determina el responsable, para su conservación
    3. c) Deberán ser devueltos al responsable, quien garantizará su conservación mientras tal obligación persista
    4. d) El encargado podrá conservarlos debidamente bloqueados hasta que se extingan las responsabilidades
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    Respuesta: c) Deberán ser devueltos al responsable, quien garantizará su conservación mientras tal obligación persista

    El artículo 33.3 de la LO 3/2018 establece que, si existe una previsión legal que obligue a su conservación, los datos deberán ser devueltos al responsable, que garantizará su conservación.

    Artículo 33: Encargado del tratamiento

    13.La consideración de responsable a quien establece relaciones con afectados en su propio nombre, ¿en qué caso no será aplicable?

    1. a) Cuando el acceso a los datos sea necesario para la prestación de un servicio al responsable
    2. b) Cuando el encargado utilice los datos para sus propias finalidades sin autorización del responsable
    3. c) Cuando los encargos de tratamiento se efectúen en el marco de la legislación de contratación del sector público
    4. d) Cuando el responsable determine la devolución de los datos al finalizar el servicio
    Ver respuesta

    Respuesta: c) Cuando los encargos de tratamiento se efectúen en el marco de la legislación de contratación del sector público

    Según el artículo 33.2 de la LO 3/2018, la previsión de considerar responsable no será aplicable a los encargos de tratamiento efectuados en el marco de la legislación de contratación del sector público.

    Artículo 33: Encargado del tratamiento

    14.En el ámbito del sector público, ¿cómo podrán atribuirse las competencias propias de un encargado del tratamiento a un órgano?

    1. a) Mediante un contrato de encargo de tratamiento que cumpla el Reglamento (UE) 2016/679
    2. b) Mediante la adopción de una norma reguladora de dichas competencias
    3. c) A través de un convenio de colaboración entre las entidades públicas
    4. d) Por resolución del titular del órgano superior jerárquico competente
    Ver respuesta

    Respuesta: b) Mediante la adopción de una norma reguladora de dichas competencias

    El artículo 33.5 de la LO 3/2018 indica que las competencias podrán atribuirse mediante la adopción de una norma reguladora de dichas competencias.

    Artículo 33: Encargado del tratamiento

    15.¿En qué plazo deben los responsables y encargados del tratamiento comunicar las designaciones y ceses de los delegados de protección de datos?

    1. a) En el plazo de diez días a la Agencia Española de Protección de Datos o autoridades autonómicas
    2. b) En el plazo de quince días a la Agencia Española de Protección de Datos o a las autoridades autonómicas competentes
    3. c) En el plazo de diez días a la Agencia Española de Protección de Datos, excluyendo las comunicaciones a autoridades autonómicas
    4. d) En el plazo de diez días a la Agencia Española de Protección de Datos, pero solo en los supuestos de designación obligatoria
    Ver respuesta

    Respuesta: a) En el plazo de diez días a la Agencia Española de Protección de Datos o autoridades autonómicas

    El artículo 34.3 de la Ley Orgánica 3/2018 indica que la comunicación de las designaciones, nombramientos y ceses de los delegados de protección de datos se realizará «en el plazo de diez días a la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, a las autoridades autonómicas de protección de datos».

    Artículo 34: Designación de un delegado de protección de datos

    16.Respecto a la dedicación del delegado de protección de datos, ¿qué pueden establecer los responsables y encargados del tratamiento?

    1. a) La dedicación completa o a tiempo parcial, según el volumen de tratamientos o los riesgos
    2. b) La dedicación completa o a tiempo parcial, sin considerar el tipo de datos tratados
    3. c) La dedicación a tiempo parcial únicamente si los datos no son de categoría especial
    4. d) Solo la dedicación completa, si el volumen de tratamientos es elevado
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    Respuesta: a) La dedicación completa o a tiempo parcial, según el volumen de tratamientos o los riesgos

    El artículo 34.5 de la Ley Orgánica 3/2018 establece que los responsables y encargados del tratamiento «podrán establecer la dedicación completa o a tiempo parcial del delegado, entre otros criterios, en función del volumen de los tratamientos, la categoría especial de los datos tratados o de los riesgos para los derechos o libertades de los interesados».

    Artículo 34: Designación de un delegado de protección de datos

    17.Según la Ley Orgánica 3/2018, ¿qué entidad está obligada a designar un delegado de protección de datos?

    1. a) Una federación deportiva que no trata datos de menores de edad
    2. b) Un profesional de la salud que ejerce su actividad a título individual
    3. c) Un prestador de servicios de la sociedad de la información que elabora perfiles a pequeña escala
    4. d) Un centro sanitario legalmente obligado al mantenimiento de historias clínicas
    Ver respuesta

    Respuesta: d) Un centro sanitario legalmente obligado al mantenimiento de historias clínicas

    El artículo 34.1.l) de la Ley Orgánica 3/2018 establece que los centros sanitarios legalmente obligados al mantenimiento de las historias clínicas de los pacientes deben designar un DPO, exceptuando a los profesionales de la salud que ejercen a título individual.

    Artículo 34: Designación de un delegado de protección de datos

    18.Según el artículo 35 de la LOPDGDD, ¿cuál de los siguientes es un medio para demostrar la cualificación del delegado de protección de datos?

    1. a) Únicamente a través de un examen de la autoridad de control
    2. b) Mediante la presentación de un título de posgrado específico
    3. c) Exclusivamente por la experiencia previa en el sector público
    4. d) A través de mecanismos voluntarios de certificación
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    Respuesta: d) A través de mecanismos voluntarios de certificación

    Según el artículo 35 de la Ley Orgánica 3/2018, el cumplimiento de los requisitos podrá demostrarse, entre otros medios, a través de mecanismos voluntarios de certificación.

    Artículo 35: Cualificación del delegado de protección de datos

    19.Los mecanismos voluntarios de certificación para la cualificación del delegado de protección de datos tendrán particularmente en cuenta:

    1. a) La posesión de un máster universitario en gestión de proyectos tecnológicos con módulos avanzados sobre seguridad de la información y auditoría de sistemas
    2. b) La experiencia profesional acreditada de al menos cinco años en la gestión de la seguridad de la información y la auditoría de sistemas de protección de datos
    3. c) La superación de un examen oficial de aptitud de carácter nacional que evalúe exhaustivamente los conocimientos en normativa de protección de datos y seguridad de la información
    4. d) La obtención de una titulación universitaria que acredite conocimientos especializados en el derecho y la práctica en protección de datos
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    Respuesta: d) La obtención de una titulación universitaria que acredite conocimientos especializados en el derecho y la práctica en protección de datos

    El artículo 35 de la Ley Orgánica 3/2018 establece que los mecanismos voluntarios de certificación tendrán particularmente en cuenta la obtención de una titulación universitaria que acredite conocimientos especializados en el derecho y la práctica en materia de protección de datos.

    Artículo 35: Cualificación del delegado de protección de datos

    20.¿Bajo qué condición puede ser removido o sancionado el delegado de protección de datos, si es una persona física integrada en la organización?

    1. a) Si se detecta un conflicto de intereses en su desempeño profesional
    2. b) Si sus recomendaciones no son implementadas por el responsable del tratamiento
    3. c) Si incurre en dolo o negligencia grave en el ejercicio de sus funciones
    4. d) Si la autoridad de control lo considera necesario tras una inspección
    Ver respuesta

    Respuesta: c) Si incurre en dolo o negligencia grave en el ejercicio de sus funciones

    Según el artículo 36.2 de la LOPDGDD, el delegado de protección de datos no podrá ser removido ni sancionado salvo que incurriera en dolo o negligencia grave en su ejercicio, cuando se trate de una persona física integrada en la organización.

    Artículo 36: Posición del delegado de protección de datos

    21.¿Qué tipo de deber no puede oponer el responsable o encargado del tratamiento al acceso del DPD a datos personales y procesos?

    1. a) Ningún deber de confidencialidad, excepto si el acceso compromete la seguridad del sistema
    2. b) Cualquier deber de confidencialidad o secreto, incluido el previsto en el artículo 5 de esta ley orgánica
    3. c) Únicamente el deber de confidencialidad relacionado con datos de categorías especiales
    4. d) Solamente el deber de secreto profesional que no esté regulado por una ley específica
    Ver respuesta

    Respuesta: b) Cualquier deber de confidencialidad o secreto, incluido el previsto en el artículo 5 de esta ley orgánica

    El artículo 36.3 de la LOPDGDD establece que el responsable o el encargado del tratamiento no podrá oponer al acceso del DPD la existencia de cualquier deber de confidencialidad o secreto, incluyendo el previsto en el artículo 5.

    Artículo 36: Posición del delegado de protección de datos

    22.Cuando un afectado se dirige al delegado de protección de datos de una entidad con carácter previo a una reclamación, ¿en qué plazo máximo debe el delegado comunicarle la decisión adoptada?

    1. a) En el plazo de quince días hábiles desde la recepción de la reclamación
    2. b) Sin un plazo preestablecido, dependiendo de la complejidad del asunto
    3. c) En el plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la reclamación
    4. d) En el plazo máximo de dos meses a contar desde la recepción de la reclamación
    Ver respuesta

    Respuesta: d) En el plazo máximo de dos meses a contar desde la recepción de la reclamación

    Según el artículo 37.1 de la LO 3/2018, el delegado de protección de datos debe comunicar la decisión al afectado en el plazo máximo de dos meses desde la recepción de la reclamación.

    Artículo 37: Intervención del delegado de protección de datos en caso de reclamación ante las autoridades de protección de datos

    23.Si la autoridad de protección de datos remite una reclamación al delegado de protección de datos y este no comunica su respuesta en el plazo establecido, ¿qué acción tomará la autoridad?

    1. a) Continuará el procedimiento con arreglo a lo establecido en el Título VIII de la ley orgánica
    2. b) Archivará la reclamación por falta de respuesta del delegado de protección de datos
    3. c) Requerirá al delegado de protección de datos para que emita su respuesta en un nuevo plazo
    4. d) Devolverá la reclamación al afectado para que la presente directamente ante la autoridad
    Ver respuesta

    Respuesta: a) Continuará el procedimiento con arreglo a lo establecido en el Título VIII de la ley orgánica

    Conforme al artículo 37.2 de la LO 3/2018, si el delegado de protección de datos no responde a la autoridad en el plazo de un mes, dicha autoridad continuará el procedimiento según el Título VIII.

    Artículo 37: Intervención del delegado de protección de datos en caso de reclamación ante las autoridades de protección de datos

    24.¿Qué autoridad es competente para aprobar los códigos de conducta?

    1. a) El Comité Europeo de Protección de Datos, tras el dictamen preceptivo
    2. b) La Agencia Española de Protección de Datos o la autoridad autonómica competente
    3. c) El Ministerio de Justicia, previa propuesta de la autoridad autonómica
    4. d) Los organismos de supervisión de los códigos, con el visto bueno de la AEPD
    Ver respuesta

    Respuesta: b) La Agencia Española de Protección de Datos o la autoridad autonómica competente

    Según el artículo 38.3 de la LOPDGDD, los códigos de conducta serán aprobados por la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, por la autoridad autonómica de protección de datos competente.

    Artículo 38: Códigos de conducta

    25.Además de las asociaciones y organismos del RGPD, ¿quiénes pueden promover códigos de conducta?

    1. a) Exclusivamente los afectados por el tratamiento de datos personales
    2. b) Únicamente los organismos o entidades que asuman funciones de supervisión
    3. c) Empresas o grupos de empresas, así como responsables o encargados del tratamiento
    4. d) Solo la Agencia Española de Protección de Datos o las autoridades autonómicas
    Ver respuesta

    Respuesta: c) Empresas o grupos de empresas, así como responsables o encargados del tratamiento

    El artículo 38.2 de la LOPDGDD establece que los códigos de conducta podrán promoverse, además de por las asociaciones y organismos del RGPD, por empresas o grupos de empresas, así como por los responsables o encargados del tratamiento.

    Artículo 38: Códigos de conducta

    26.Si el organismo de supervisión de un código rechaza una reclamación, ¿qué puede hacer el afectado?

    1. a) Solicitar una nueva verificación de conformidad al mismo organismo de supervisión
    2. b) Acudir directamente a la vía judicial para la resolución del conflicto
    3. c) Recurrir la decisión ante el Comité Europeo de Protección de Datos
    4. d) Formularla ante la Agencia Española de Protección de Datos o la autoridad autonómica
    Ver respuesta

    Respuesta: d) Formularla ante la Agencia Española de Protección de Datos o la autoridad autonómica

    Según el artículo 38.2 de la LOPDGDD, en caso de que el organismo o entidad de supervisión rechace o desestime la reclamación, el afectado podrá formularla ante la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, las autoridades autonómicas de protección de datos.

    Artículo 38: Códigos de conducta

    27.¿Qué información debe comunicar la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) a la Agencia Española de Protección de Datos y a las autoridades autonómicas de protección de datos?

    1. a) Solo las concesiones y denegaciones de las acreditaciones otorgadas o rechazadas
    2. b) Las concesiones, denegaciones o revocaciones de las acreditaciones y su motivación
    3. c) Únicamente las revocaciones de las acreditaciones concedidas y su justificación legal
    4. d) Las solicitudes de acreditación recibidas y el resultado de su evaluación técnica
    Ver respuesta

    Respuesta: b) Las concesiones, denegaciones o revocaciones de las acreditaciones y su motivación

    Según el artículo 39 de la LO 3/2018, ENAC comunicará a la AEPD y a las autoridades autonómicas las concesiones, denegaciones o revocaciones de las acreditaciones, así como su motivación.

    Artículo 39: Acreditación de instituciones de certificación
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