LO 3/2018 (LOPDGDD) · art. 4 a 10
Test del Título II de la LO 3/2018 (LOPDGDD)
13 preguntas tipo test con respuesta explicada y los 7 artículos del Título II, con su texto consolidado del BOE.
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Test de la LO 3/2018 (LOPDGDD)
Tandas de 10 preguntas al azar. Ves la respuesta y el artículo al momento.
Artículos del Título II
Preguntas del Título II con respuesta
1.Según el artículo 4 de la LOPDGDD, ¿cuándo no será imputable al responsable del tratamiento la inexactitud de los datos personales?
- a) Cuando la inexactitud no cause perjuicio alguno al afectado, aunque no se hayan adoptado medidas
- b) Cuando los datos inexactos se hayan recibido de un encargado del tratamiento sin conocimiento del responsable
- c) Cuando el responsable no haya adoptado medidas razonables para suprimir o rectificar sin dilación
- d) Cuando los datos inexactos hubiesen sido obtenidos del afectado y se adoptaron medidas de rectificación
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Respuesta: d) Cuando los datos inexactos hubiesen sido obtenidos del afectado y se adoptaron medidas de rectificación
Según el artículo 4.2 de la LOPDGDD, no será imputable al responsable la inexactitud de los datos si estos hubiesen sido obtenidos directamente del afectado y el responsable adoptó las medidas razonables para su supresión o rectificación.
Artículo 4: Exactitud de los datos2.Conforme al artículo 4.2.b) de la LOPDGDD, ¿qué requisito se establece para la no imputabilidad del responsable por inexactitud de datos obtenidos de un mediador?
- a) Que el responsable haya verificado la exactitud de los datos recibidos del intermediario antes de su tratamiento
- b) Que las normas del sector permitan la intervención del intermediario que recoja en nombre propio los datos para su transmisión
- c) Que el intermediario actúe siempre como representante legal del responsable del tratamiento ante los afectados
- d) Que el mediador o intermediario asuma las responsabilidades derivadas de datos no correspondientes a los facilitados por el afectado
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Respuesta: b) Que las normas del sector permitan la intervención del intermediario que recoja en nombre propio los datos para su transmisión
El artículo 4.2.b) de la LOPDGDD establece que la no imputabilidad se da si las normas del sector permiten la intervención de un intermediario que recoja en nombre propio los datos de los afectados para su transmisión al responsable.
Artículo 4: Exactitud de los datos3.¿Quiénes están sujetos al deber de confidencialidad según el artículo 5 de la LOPDGDD?
- a) Los responsables del tratamiento y los encargados, junto con los delegados de protección de datos y el personal directivo
- b) Los responsables y encargados del tratamiento de datos, siempre que los datos sean de categorías especiales o de menores de edad
- c) Los responsables, encargados y todas las personas que intervengan en cualquier fase del tratamiento
- d) Únicamente las personas que intervengan en la fase final del tratamiento, excluyendo a los responsables y encargados
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Respuesta: c) Los responsables, encargados y todas las personas que intervengan en cualquier fase del tratamiento
Según el artículo 5.1 de la Ley Orgánica 3/2018, los responsables y encargados del tratamiento de datos, así como todas las personas que intervengan en cualquier fase de este, están sujetos al deber de confidencialidad.
Artículo 5: Deber de confidencialidad4.¿Cuándo se mantiene la obligación de confidencialidad establecida en el artículo 5 de la LOPDGDD?
- a) Aun cuando hubiese finalizado la relación del obligado con el responsable o encargado del tratamiento
- b) Solamente mientras el obligado mantenga su relación con el responsable o encargado del tratamiento
- c) Hasta un año después de finalizar la relación con el responsable o encargado del tratamiento
- d) Mientras el tratamiento de datos personales siga activo, independientemente de la relación
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Respuesta: a) Aun cuando hubiese finalizado la relación del obligado con el responsable o encargado del tratamiento
El artículo 5.3 de la Ley Orgánica 3/2018 establece que las obligaciones de confidencialidad se mantendrán aun cuando hubiese finalizado la relación del obligado con el responsable o encargado del tratamiento.
Artículo 5: Deber de confidencialidad5.Según la Ley Orgánica 3/2018, el consentimiento del afectado debe ser una manifestación de voluntad:
- a) libre, específica, informada e inequívoca
- b) autónoma, clara, precisa y manifiesta
- c) voluntaria, concreta, explícita y documentada
- d) expresa, informada, detallada y consciente
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Respuesta: a) libre, específica, informada e inequívoca
El artículo 6.1 de la Ley Orgánica 3/2018 establece que el consentimiento del afectado es toda manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca.
Artículo 6: Tratamiento basado en el consentimiento del afectado6.En el marco de la Ley Orgánica 3/2018, ¿en qué caso NO podrá supeditarse la ejecución de un contrato al consentimiento del afectado?
- a) Cuando el tratamiento de datos personales tenga como finalidad el control de la relación contractual
- b) Cuando el tratamiento de datos personales tenga finalidades que no guarden relación con la relación contractual
- c) Cuando el tratamiento de datos personales tenga como finalidad el desarrollo de la relación contractual
- d) Cuando el tratamiento de datos personales tenga como finalidad el mantenimiento de la relación contractual
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Respuesta: b) Cuando el tratamiento de datos personales tenga finalidades que no guarden relación con la relación contractual
El artículo 6.3 de la Ley Orgánica 3/2018 prohíbe supeditar la ejecución del contrato al consentimiento para finalidades que no guarden relación con el mantenimiento, desarrollo o control de la relación contractual.
Artículo 6: Tratamiento basado en el consentimiento del afectado7.En relación con el tratamiento de datos de menores de catorce años, ¿quién debe prestar el consentimiento para que sea lícito?
- a) El Ministerio Fiscal, previa audiencia de los padres o tutores
- b) El menor, siempre que el tratamiento no implique cesión a terceros
- c) El titular de la patria potestad o tutela, con el alcance que determine
- d) El propio menor, si cuenta con la autorización de su tutor legal
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Respuesta: c) El titular de la patria potestad o tutela, con el alcance que determine
El artículo 7.2 de la LO 3/2018 establece que el tratamiento de los datos de los menores de catorce años, fundado en el consentimiento, solo será lícito si consta el del titular de la patria potestad o tutela, con el alcance que estos determinen.
Artículo 7: Consentimiento de los menores de edad8.¿Qué tipo de norma puede fundamentar el tratamiento de datos personales por el cumplimiento de una obligación legal?
- a) Exclusivamente una norma con rango de ley
- b) Un reglamento o una orden ministerial
- c) Una norma de Derecho de la Unión Europea o una norma con rango de ley
- d) Cualquier disposición reglamentaria que desarrolle una ley
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Respuesta: c) Una norma de Derecho de la Unión Europea o una norma con rango de ley
Según el artículo 8.1 de la LOPDGDD, el tratamiento de datos por obligación legal se fundamenta cuando lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o una norma con rango de ley.
Artículo 8: Tratamiento de datos por obligación legal, interés público o ejercicio de poderes públicos9.En el tratamiento de datos por obligación legal, ¿qué condiciones especiales puede imponer la norma que lo prevea?
- a) Las medidas de seguridad básicas y los plazos de conservación de los datos
- b) La adopción de medidas adicionales de seguridad u otras establecidas en el capítulo IV del Reglamento (UE) 2016/679
- c) Únicamente la determinación de los tipos de datos objeto del tratamiento y las cesiones que procedan
- d) Exclusivamente las condiciones generales del tratamiento y la finalidad del mismo
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Respuesta: b) La adopción de medidas adicionales de seguridad u otras establecidas en el capítulo IV del Reglamento (UE) 2016/679
El artículo 8.1 de la LOPDGDD establece que la norma podrá imponer condiciones especiales al tratamiento, tales como la adopción de medidas adicionales de seguridad u otras establecidas en el capítulo IV del Reglamento (UE) 2016/679.
Artículo 8: Tratamiento de datos por obligación legal, interés público o ejercicio de poderes públicos10.Según la LOPDGDD, ¿cuándo el solo consentimiento no bastará para levantar la prohibición de tratamiento de datos de categorías especiales?
- a) Cuando el tratamiento se fundamente en el interés público o la protección de intereses vitales
- b) Cuando se trate de datos genéticos o biométricos para la identificación unívoca de una persona física
- c) Cuando la finalidad principal del tratamiento sea identificar la ideología del afectado
- d) Cuando el tratamiento sea necesario para el cumplimiento de obligaciones en el ámbito laboral
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Respuesta: c) Cuando la finalidad principal del tratamiento sea identificar la ideología del afectado
Según el artículo 9.1 de la LOPDGDD, el solo consentimiento no bastará cuando la finalidad principal del tratamiento sea identificar la ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, creencias u origen racial o étnico.
Artículo 9: Categorías especiales de datos11.Según la LOPDGDD, ¿qué requisito deben cumplir los tratamientos de datos de categorías especiales fundados en el Derecho español, conforme al artículo 9.2.g), h) e i) del RGPD?
- a) Deben estar amparados en una norma con rango de ley
- b) Deben ser objeto de una auditoría de seguridad anual realizada por un tercero independiente
- c) Deben ser autorizados por el responsable del tratamiento tras una consulta pública
- d) Deben contar con el consentimiento explícito del interesado para cada finalidad
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Respuesta: a) Deben estar amparados en una norma con rango de ley
El artículo 9.2 de la LOPDGDD establece que los tratamientos de datos contemplados en las letras g), h) e i) del artículo 9.2 del Reglamento (UE) 2016/679 fundados en el Derecho español deberán estar amparados en una norma con rango de ley.
Artículo 9: Categorías especiales de datos12.Según el artículo 10 de la LOPDGDD, el tratamiento de datos personales de condenas e infracciones penales para fines distintos de los de prevención o enjuiciamiento:
- a) Podrá realizarse conforme a la regulación específica del Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia
- b) Será posible únicamente cuando sea llevado a cabo por abogados y procuradores para recoger la información de sus clientes
- c) Solo podrá llevarse a cabo si se ampara en una norma de Derecho de la Unión, en esta ley orgánica o en otras normas de rango legal aplicable
- d) Requerirá siempre una autorización expresa de la autoridad de control competente para su tratamiento
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Respuesta: c) Solo podrá llevarse a cabo si se ampara en una norma de Derecho de la Unión, en esta ley orgánica o en otras normas de rango legal aplicable
Según el artículo 10.1 de la Ley Orgánica 3/2018, el tratamiento de datos de condenas e infracciones penales para fines distintos de los de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales solo podrá llevarse a cabo cuando se encuentre amparado en una norma de Derecho de la Unión, en esta ley orgánica o en otras normas de rango legal.
Artículo 10: Tratamiento de datos de naturaleza penal13.Según el artículo 10.3 de la LOPDGDD, fuera de los supuestos señalados en los apartados anteriores, ¿quiénes pueden tratar datos de condenas e infracciones penales?
- a) Los profesionales del derecho, si cuentan con el consentimiento expreso del interesado y una justificación legal
- b) Abogados y procuradores, siempre que el objeto sea recoger información facilitada por sus clientes para el ejercicio de sus funciones
- c) Únicamente los órganos judiciales, para fines de prevención, investigación o enjuiciamiento de infracciones penales
- d) Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, previa autorización de la autoridad judicial competente para su uso
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Respuesta: b) Abogados y procuradores, siempre que el objeto sea recoger información facilitada por sus clientes para el ejercicio de sus funciones
El artículo 10.3 de la Ley Orgánica 3/2018 establece que, fuera de los supuestos señalados en los apartados anteriores, los tratamientos de datos referidos a condenas e infracciones penales solo serán posibles cuando sean llevados a cabo por abogados y procuradores y tengan por objeto recoger la información facilitada por sus clientes para el ejercicio de sus funciones.
Artículo 10: Tratamiento de datos de naturaleza penal