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    LO 3/2018 (LOPDGDD) · Título II

    Artículo 8 de la LO 3/2018 (LOPDGDD)

    Tratamiento de datos por obligación legal, interés público o ejercicio de poderes públicos

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 6 de diciembre de 2018) · 2 preguntas de test

    Lo que preguntan del art. 8

    • ¿Qué tipo de norma puede fundamentar el tratamiento de datos personales por el cumplimiento de una obligación legal? → Una norma de Derecho de la Unión Europea o una norma con rango de ley
    • En el tratamiento de datos por obligación legal, ¿qué condiciones especiales puede imponer la norma que lo prevea? → La adopción de medidas adicionales de seguridad u otras establecidas en el capítulo IV del Reglamento (UE) 2016/679

    Texto del art. 8

    1. El tratamiento de datos personales solo podrá considerarse fundado en el cumplimiento de una obligación legal exigible al responsable, en los términos previstos en el artículo 6.1.c) del Reglamento (UE) 2016/679, cuando así lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o una norma con rango de ley, que podrá determinar las condiciones generales del tratamiento y los tipos de datos objeto del mismo así como las cesiones que procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligación legal. Dicha norma podrá igualmente imponer condiciones especiales al tratamiento, tales como la adopción de medidas adicionales de seguridad u otras establecidas en el capítulo IV del Reglamento (UE) 2016/679.

    2. El tratamiento de datos personales solo podrá considerarse fundado en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable, en los términos previstos en el artículo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679, cuando derive de una competencia atribuida por una norma con rango de ley.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 8 de la LO 3/2018 (LOPDGDD)

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.¿Qué tipo de norma puede fundamentar el tratamiento de datos personales por el cumplimiento de una obligación legal?

    1. a) Exclusivamente una norma con rango de ley
    2. b) Un reglamento o una orden ministerial
    3. c) Una norma de Derecho de la Unión Europea o una norma con rango de ley
    4. d) Cualquier disposición reglamentaria que desarrolle una ley
    Ver respuesta

    Respuesta: c) Una norma de Derecho de la Unión Europea o una norma con rango de ley

    Según el artículo 8.1 de la LOPDGDD, el tratamiento de datos por obligación legal se fundamenta cuando lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o una norma con rango de ley.

    2.En el tratamiento de datos por obligación legal, ¿qué condiciones especiales puede imponer la norma que lo prevea?

    1. a) Las medidas de seguridad básicas y los plazos de conservación de los datos
    2. b) La adopción de medidas adicionales de seguridad u otras establecidas en el capítulo IV del Reglamento (UE) 2016/679
    3. c) Únicamente la determinación de los tipos de datos objeto del tratamiento y las cesiones que procedan
    4. d) Exclusivamente las condiciones generales del tratamiento y la finalidad del mismo
    Ver respuesta

    Respuesta: b) La adopción de medidas adicionales de seguridad u otras establecidas en el capítulo IV del Reglamento (UE) 2016/679

    El artículo 8.1 de la LOPDGDD establece que la norma podrá imponer condiciones especiales al tratamiento, tales como la adopción de medidas adicionales de seguridad u otras establecidas en el capítulo IV del Reglamento (UE) 2016/679.

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.