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    Ley 50/1997 (Ley del Gobierno) · art. 1 a 10

    Test del Título I de la Ley 50/1997 (Ley del Gobierno)

    25 preguntas tipo test con respuesta explicada y los 10 artículos del Título I, con su texto consolidado del BOE.

    Modo práctica · sin reloj

    Test de la Ley 50/1997 (Ley del Gobierno)

    Tandas de 10 preguntas al azar. Ves la respuesta y el artículo al momento.

    Artículos del Título I

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    Preguntas del Título I con respuesta

    1.¿Qué ámbito de dirección corresponde al Gobierno, según la Ley 50/1997?

    1. a) La política económica y social, además de la Administración del Estado
    2. b) La política de defensa nacional y la Administración autonómica
    3. c) La política interior y exterior, así como la Administración civil y militar
    4. d) La política internacional y la gestión de los servicios públicos
    Ver respuesta

    Respuesta: c) La política interior y exterior, así como la Administración civil y militar

    Según el artículo 1.1 de la Ley 50/1997, el Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado.

    Artículo 1: Del Gobierno

    2.¿En qué órganos se reúnen los miembros del Gobierno, conforme a la Ley 50/1997?

    1. a) En Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas del Gobierno
    2. b) En Consejo de Ministros y en la Comisión General de Secretarios de Estado
    3. c) En Pleno del Gobierno y en las Juntas de Coordinación
    4. d) En Consejo de Gobierno y en las Comisiones Interministeriales
    Ver respuesta

    Respuesta: a) En Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas del Gobierno

    El artículo 1.3 de la Ley 50/1997 establece que los miembros del Gobierno se reúnen en Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas del Gobierno.

    Artículo 1: Del Gobierno

    3.¿Qué atribución del Presidente del Gobierno se realiza mediante Real Decreto?

    1. a) La convocatoria de un referéndum consultivo
    2. b) La creación, modificación y supresión de los Departamentos Ministeriales
    3. c) La aprobación de la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno
    4. d) La disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales
    Ver respuesta

    Respuesta: b) La creación, modificación y supresión de los Departamentos Ministeriales

    Según el artículo 2.2.j) de la Ley 50/1997, corresponde al Presidente del Gobierno crear, modificar y suprimir, por Real Decreto, los Departamentos Ministeriales.

    Artículo 2: Del Presidente del Gobierno

    4.¿Qué actuación del Presidente del Gobierno requiere la previa autorización del Congreso de los Diputados?

    1. a) Proponer al Rey la convocatoria de un referéndum consultivo
    2. b) Proponer al Rey la disolución del Senado
    3. c) Plantear la cuestión de confianza ante el Congreso
    4. d) Establecer el programa político del Gobierno
    Ver respuesta

    Respuesta: a) Proponer al Rey la convocatoria de un referéndum consultivo

    Conforme al artículo 2.2.e) de la Ley 50/1997, el Presidente del Gobierno propone al Rey la convocatoria de un referéndum consultivo, previa autorización del Congreso de los Diputados.

    Artículo 2: Del Presidente del Gobierno

    5.Respecto a la dirección de la acción del Gobierno y la coordinación de funciones, ¿qué establece la Ley 50/1997?

    1. a) La dirección de la acción del Gobierno corresponde a los Ministros en sus respectivos ámbitos, siendo el Presidente quien coordina sus funciones generales
    2. b) El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de sus miembros, compartiendo la responsabilidad directa de los Ministros en su gestión
    3. c) El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de sus miembros, sin perjuicio de la competencia de los Ministros
    4. d) El Presidente coordina las funciones de los demás miembros del Gobierno, pero la dirección de la acción recae en la deliberación colegiada del Consejo
    Ver respuesta

    Respuesta: c) El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de sus miembros, sin perjuicio de la competencia de los Ministros

    Según el artículo 2.1 de la Ley 50/1997, el Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de los Ministros en su gestión.

    Artículo 2: Del Presidente del Gobierno

    6.Según la Ley 50/1997, ¿quién es el órgano competente para encomendar funciones al Vicepresidente o Vicepresidentes del Gobierno?

    1. a) El Presidente del Gobierno
    2. b) El Ministro de la Presidencia
    3. c) El Rey, mediante Real Decreto
    4. d) El Consejo de Ministros
    Ver respuesta

    Respuesta: a) El Presidente del Gobierno

    Según el artículo 3.1 de la Ley 50/1997, corresponde al Presidente encomendar las funciones al Vicepresidente o Vicepresidentes.

    Artículo 3: Del Vicepresidente o Vicepresidentes del Gobierno

    7.¿Qué potestad ejercen los Ministros en las materias propias de su Departamento?

    1. a) La potestad reglamentaria
    2. b) La potestad ejecutiva
    3. c) La potestad sancionadora
    4. d) La potestad legislativa
    Ver respuesta

    Respuesta: a) La potestad reglamentaria

    Según el artículo 4.1.b de la Ley 50/1997, a los Ministros les corresponde ejercer la potestad reglamentaria en las materias propias de su Departamento.

    Artículo 4: De los Ministros

    8.¿Qué norma determina el ámbito de competencias de los Ministros sin cartera?

    1. a) Un Acuerdo del Consejo de Ministros
    2. b) Una Ley Orgánica
    3. c) Un Real Decreto
    4. d) Una Orden Ministerial
    Ver respuesta

    Respuesta: c) Un Real Decreto

    El artículo 4.2 de la Ley 50/1997 establece que, en caso de Ministros sin cartera, por Real Decreto se determinará el ámbito de sus competencias.

    Artículo 4: De los Ministros

    9.¿Con qué desarrollan los Ministros la acción del Gobierno en su Departamento?

    1. a) Con los acuerdos del Presidente del Gobierno o las directrices generales del Consejo de Ministros
    2. b) Con las decisiones del Rey en su ámbito de competencia o los acuerdos del Consejo de Ministros
    3. c) Con los acuerdos adoptados en Consejo de Ministros o las directrices del Presidente del Gobierno
    4. d) Con las directrices de las Cortes Generales o los acuerdos específicos de la Presidencia del Gobierno
    Ver respuesta

    Respuesta: c) Con los acuerdos adoptados en Consejo de Ministros o las directrices del Presidente del Gobierno

    Según el artículo 4.1.a de la Ley 50/1997, los Ministros desarrollan la acción del Gobierno de conformidad con los acuerdos adoptados en Consejo de Ministros o con las directrices del Presidente del Gobierno.

    Artículo 4: De los Ministros

    10.¿Qué estados puede declarar el Consejo de Ministros, según la Ley del Gobierno?

    1. a) El estado de alarma y el de sitio
    2. b) Los tres estados constitucionales
    3. c) El estado de alarma y el de excepción
    4. d) El estado de sitio y el de excepción
    Ver respuesta

    Respuesta: c) El estado de alarma y el de excepción

    Según el artículo 5.1.f) de la Ley 50/1997, el Consejo de Ministros puede "Declarar los estados de alarma y de excepción y proponer al Congreso de los Diputados la declaración del estado de sitio".

    Artículo 5: Del Consejo de Ministros

    11.Respecto a la aprobación de reglamentos, ¿cuál de las siguientes funciones corresponde al Consejo de Ministros?

    1. a) Aprobar los reglamentos para el desarrollo y la ejecución de las leyes, previo informe del Consejo de Estado
    2. b) Aprobar los reglamentos para el desarrollo y la ejecución de las leyes, previo dictamen del Tribunal de Cuentas
    3. c) Aprobar los reglamentos para el desarrollo y la ejecución de las leyes, sin necesidad de dictamen previo
    4. d) Aprobar los reglamentos para el desarrollo y la ejecución de las leyes, previo dictamen del Consejo de Estado
    Ver respuesta

    Respuesta: d) Aprobar los reglamentos para el desarrollo y la ejecución de las leyes, previo dictamen del Consejo de Estado

    El artículo 5.1.h) de la Ley 50/1997 establece que el Consejo de Ministros tiene la función de "Aprobar los reglamentos para el desarrollo y la ejecución de las leyes, previo dictamen del Consejo de Estado".

    Artículo 5: Del Consejo de Ministros

    12.¿Quiénes pueden asistir a las reuniones del Consejo de Ministros, según lo establecido en la Ley del Gobierno?

    1. a) Los Secretarios de Estado y, excepcionalmente, otros altos cargos si son convocados para ello
    2. b) Todos los altos cargos de la Administración General del Estado, previa autorización del Ministro
    3. c) Los Secretarios de Estado y los Subsecretarios, siempre que sean convocados por el Presidente
    4. d) Únicamente los Secretarios de Estado, sin posibilidad de otras asistencias
    Ver respuesta

    Respuesta: a) Los Secretarios de Estado y, excepcionalmente, otros altos cargos si son convocados para ello

    El artículo 5.2 de la Ley 50/1997 indica que "A las reuniones del Consejo de Ministros podrán asistir los Secretarios de Estado y excepcionalmente otros altos cargos, cuando sean convocados para ello".

    Artículo 5: Del Consejo de Ministros

    13.¿Quién propone al Consejo de Ministros la creación de una Comisión Delegada del Gobierno?

    1. a) El Ministro de Hacienda y Función Pública
    2. b) El Secretario del Consejo de Ministros
    3. c) El Ministro de la Presidencia
    4. d) El Presidente del Gobierno
    Ver respuesta

    Respuesta: d) El Presidente del Gobierno

    Según el artículo 6.1 de la Ley 50/1997, la creación de las Comisiones Delegadas del Gobierno será acordada por el Consejo de Ministros a propuesta del Presidente del Gobierno.

    Artículo 6: De las Comisiones Delegadas del Gobierno

    14.¿Qué tipo de asuntos pueden resolver las Comisiones Delegadas del Gobierno sin necesidad de ser elevados al Consejo de Ministros?

    1. a) Cuestiones de carácter general que tengan relación con varios Departamentos
    2. b) Asuntos que, afectando a un único Ministerio, no sean de especial trascendencia
    3. c) Aquellos que, afectando a más de un Ministerio, no requieran ser elevados
    4. d) Propuestas conjuntas que requieran una resolución posterior del Consejo
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    Respuesta: c) Aquellos que, afectando a más de un Ministerio, no requieran ser elevados

    El artículo 6.4.c) de la Ley 50/1997 atribuye a las Comisiones Delegadas la función de resolver los asuntos que, afectando a más de un Ministerio, no requieran ser elevados al Consejo de Ministros.

    Artículo 6: De las Comisiones Delegadas del Gobierno

    15.El Real Decreto de creación de una Comisión Delegada del Gobierno deberá especificar, en todo caso:

    1. a) El régimen interno de funcionamiento, incluyendo convocatorias y suplencias
    2. b) Las competencias específicas de cada uno de sus miembros integrantes
    3. c) Los criterios para la elección de su secretario y las causas de cese
    4. d) La duración máxima de su mandato y el número de sus miembros
    Ver respuesta

    Respuesta: a) El régimen interno de funcionamiento, incluyendo convocatorias y suplencias

    El artículo 6.2.e) de la Ley 50/1997 establece que el Real Decreto de creación debe especificar el régimen interno de funcionamiento y en particular el de convocatorias y suplencias.

    Artículo 6: De las Comisiones Delegadas del Gobierno

    16.Según la Ley del Gobierno, ¿cuál es la naturaleza y responsabilidad principal de los Secretarios de Estado?

    1. a) Son órganos consultivos de los Departamentos, responsables de la planificación sectorial
    2. b) Son órganos superiores de la AGE, responsables directos de la ejecución de la acción del Gobierno
    3. c) Son órganos directivos de la AGE, responsables de la coordinación de la acción gubernamental
    4. d) Son órganos de apoyo de la Presidencia, responsables de la supervisión de la política general
    Ver respuesta

    Respuesta: b) Son órganos superiores de la AGE, responsables directos de la ejecución de la acción del Gobierno

    Según el artículo 7.1 de la Ley 50/1997, los Secretarios de Estado son órganos superiores de la Administración General del Estado, directamente responsables de la ejecución de la acción del Gobierno.

    Artículo 7: De los Secretarios de Estado

    17.¿Cómo pueden los Secretarios de Estado ostentar la representación de sus Ministros?

    1. a) Por delegación expresa de sus Ministros, en materias de su competencia, incluidas las de proyección internacional
    2. b) Por delegación tácita de sus Ministros, en materias propias de su competencia, excluyendo las de proyección internacional
    3. c) Por delegación del Presidente, en asuntos de interés general, siempre que no afecten a relaciones exteriores
    4. d) Por iniciativa propia, previa autorización ministerial, en materias de su Departamento, sin proyección internacional
    Ver respuesta

    Respuesta: a) Por delegación expresa de sus Ministros, en materias de su competencia, incluidas las de proyección internacional

    El artículo 7.2 de la Ley 50/1997 establece que podrán ostentar por delegación expresa de sus respectivos Ministros la representación de éstos en materias propias de su competencia, incluidas aquéllas con proyección internacional.

    Artículo 7: De los Secretarios de Estado

    18.¿Quiénes forman parte de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios, según la Ley del Gobierno?

    1. a) Los Ministros de la Presidencia y los Secretarios de Estado de los Departamentos Ministeriales
    2. b) Los Subsecretarios de los Ministerios y los Directores Generales de la Administración
    3. c) Los Vicepresidentes del Gobierno y el Abogado General del Estado
    4. d) Los titulares de las Secretarías de Estado y los Subsecretarios de los distintos Departamentos Ministeriales
    Ver respuesta

    Respuesta: d) Los titulares de las Secretarías de Estado y los Subsecretarios de los distintos Departamentos Ministeriales

    El artículo 8.1 de la Ley 50/1997 indica que la Comisión estará integrada por los titulares de las Secretarías de Estado y por los Subsecretarios de los distintos Departamentos Ministeriales.

    Artículo 8: De la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios

    19.Conforme a la Ley del Gobierno, ¿cuál de los siguientes asuntos NO requiere el examen previo de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios antes de su aprobación por el Consejo de Ministros?

    1. a) Los asuntos que afecten a varios Ministerios y sean sometidos por su presidente para análisis
    2. b) Los asuntos que, sin ser competencia del Consejo de Ministros, afecten a varios Departamentos
    3. c) Los nombramientos, ceses y ascensos a cualquiera de los empleos de la categoría de oficiales generales
    4. d) Los asuntos que requieran el análisis o discusión de la Comisión por su complejidad
    Ver respuesta

    Respuesta: c) Los nombramientos, ceses y ascensos a cualquiera de los empleos de la categoría de oficiales generales

    El artículo 8.5.a) de la Ley 50/1997 establece que el examen de los asuntos que vayan a someterse a aprobación del Consejo de Ministros tiene como excepción los nombramientos, ceses y ascensos a oficiales generales.

    Artículo 8: De la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios

    20.Según la Ley del Gobierno, ¿quién ejerce las funciones de la Presidencia de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios en caso de interrupción transitoria en la asistencia a la reunión?

    1. a) El Ministro que corresponda según el orden de precedencia de los Departamentos ministeriales
    2. b) El Ministro de la Presidencia, si no hay un Vicepresidente del Gobierno presente en la sesión
    3. c) Un Vicepresidente del Gobierno, si es el titular de la Presidencia de la Comisión
    4. d) La siguiente autoridad en rango presente, conforme al orden de precedencia de los Departamentos ministeriales
    Ver respuesta

    Respuesta: d) La siguiente autoridad en rango presente, conforme al orden de precedencia de los Departamentos ministeriales

    Según el artículo 8.2 de la Ley 50/1997, en caso de interrupción transitoria en la asistencia a la reunión de la Comisión, las funciones del Presidente serán ejercidas por la siguiente autoridad en rango presente, de conformidad con el orden de precedencia de los distintos Departamentos ministeriales.

    Artículo 8: De la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios

    21.¿En qué estructura orgánica se integra el Secretariado del Gobierno?

    1. a) En la del Ministerio de la Presidencia
    2. b) En la del Ministerio de Hacienda y Función Pública
    3. c) En la de la Presidencia del Gobierno
    4. d) En la del Ministerio de Justicia
    Ver respuesta

    Respuesta: a) En la del Ministerio de la Presidencia

    El artículo 9.2 de la Ley 50/1997 establece que el Secretariado del Gobierno se integra en la estructura orgánica del Ministerio de la Presidencia.

    Artículo 9: Del Secretariado del Gobierno

    22.¿Cuál de las siguientes es una función del Secretariado del Gobierno como órgano de apoyo del Consejo de Ministros, Comisiones Delegadas del Gobierno y Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios?

    1. a) La remisión de las convocatorias a sus diferentes miembros
    2. b) Proponer al Ministro de la Presidencia la aprobación de instrucciones
    3. c) La tramitación de los actos y disposiciones del Rey
    4. d) La expedición de los Reales Decretos
    Ver respuesta

    Respuesta: a) La remisión de las convocatorias a sus diferentes miembros

    Según el artículo 9.1.b) de la Ley 50/1997, es función del Secretariado del Gobierno la remisión de las convocatorias a los diferentes miembros de los órganos colegiados enumerados.

    Artículo 9: Del Secretariado del Gobierno

    23.¿Quién determina las retribuciones de los miembros de los Gabinetes, conforme al artículo 10.3?

    1. a) El Presidente del Gobierno, a propuesta del Ministro o Secretario de Estado
    2. b) El Consejo de Ministros, dentro de las consignaciones presupuestarias establecidas
    3. c) La Ley de Presupuestos Generales del Estado, con carácter anual
    4. d) Cada Ministro o Secretario de Estado, según el nivel orgánico de su Gabinete
    Ver respuesta

    Respuesta: b) El Consejo de Ministros, dentro de las consignaciones presupuestarias establecidas

    El artículo 10.3 indica que «Las retribuciones de los miembros de los Gabinetes se determinan por el Consejo de Ministros dentro de las consignaciones presupuestarias establecidas al efecto»

    Artículo 10: De los Gabinetes

    24.¿Cómo se regula específicamente el Gabinete de la Presidencia del Gobierno, según la Ley 50/1997?

    1. a) Por lo dispuesto en la propia Ley del Gobierno, como el resto de Gabinetes
    2. b) Mediante Real Decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Presidente
    3. c) Por Real Decreto del Presidente, que determinará su estructura y funciones
    4. d) A través de una Orden Ministerial conjunta de los Ministerios afectados
    Ver respuesta

    Respuesta: c) Por Real Decreto del Presidente, que determinará su estructura y funciones

    El artículo 10.1 establece que «El Gabinete de la Presidencia del Gobierno se regulará por Real Decreto del Presidente en el que se determinará, entre otros aspectos, su estructura y funciones»

    Artículo 10: De los Gabinetes

    25.Según el artículo 10 de la Ley del Gobierno, ¿qué actuación está prohibida a los miembros de los Gabinetes?

    1. a) Asistir o pertenecer a órganos colegiados que adopten decisiones administrativas, lo cual está expresamente permitido por la ley
    2. b) Dictar actos administrativos propios de la jefatura de la unidad que dirigen, facultad exclusiva de los directores de los gabinetes
    3. c) Realizar tareas de confianza y asesoramiento especial a los Ministros, apoyándolos en su labor política y parlamentaria
    4. d) Adoptar actos o resoluciones que correspondan a órganos de la Administración General del Estado
    Ver respuesta

    Respuesta: d) Adoptar actos o resoluciones que correspondan a órganos de la Administración General del Estado

    Según el artículo 10.1, los miembros de los Gabinetes «sin que en ningún caso puedan adoptar actos o resoluciones que correspondan legalmente a los órganos de la Administración General del Estado o de las organizaciones adscritas a ella»

    Artículo 10: De los Gabinetes
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