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    Ley 50/1997 (Ley del Gobierno) · Título I · Capítulo I

    Artículo 1 de la Ley 50/1997 (Ley del Gobierno)

    Del Gobierno

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 28 de noviembre de 1997) · 2 preguntas de test

    Lo que preguntan del art. 1

    • ¿Qué ámbito de dirección corresponde al Gobierno, según la Ley 50/1997? → La política interior y exterior, así como la Administración civil y militar
    • ¿En qué órganos se reúnen los miembros del Gobierno, conforme a la Ley 50/1997? → En Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas del Gobierno

    Texto del art. 1

    1. El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.

    2. El Gobierno se compone del Presidente, del Vicepresidente o Vicepresidentes, en su caso, y de los Ministros.

    3. Los miembros del Gobierno se reúnen en Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas del Gobierno.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 1 de la Ley 50/1997 (Ley del Gobierno)

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.¿Qué ámbito de dirección corresponde al Gobierno, según la Ley 50/1997?

    1. a) La política económica y social, además de la Administración del Estado
    2. b) La política de defensa nacional y la Administración autonómica
    3. c) La política interior y exterior, así como la Administración civil y militar
    4. d) La política internacional y la gestión de los servicios públicos
    Ver respuesta

    Respuesta: c) La política interior y exterior, así como la Administración civil y militar

    Según el artículo 1.1 de la Ley 50/1997, el Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado.

    2.¿En qué órganos se reúnen los miembros del Gobierno, conforme a la Ley 50/1997?

    1. a) En Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas del Gobierno
    2. b) En Consejo de Ministros y en la Comisión General de Secretarios de Estado
    3. c) En Pleno del Gobierno y en las Juntas de Coordinación
    4. d) En Consejo de Gobierno y en las Comisiones Interministeriales
    Ver respuesta

    Respuesta: a) En Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas del Gobierno

    El artículo 1.3 de la Ley 50/1997 establece que los miembros del Gobierno se reúnen en Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas del Gobierno.

    Test del Título ITodas las preguntas de este título de la Ley 50/1997 (Ley del Gobierno)

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.