Ley 50/1997 (Ley del Gobierno) · Título I · Capítulo II
Artículo 8 de la Ley 50/1997 (Ley del Gobierno)
De la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 29 de junio de 2023) · 3 preguntas de test
Lo que preguntan del art. 8
- ¿Quiénes forman parte de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios, según la Ley del Gobierno? → Los titulares de las Secretarías de Estado y los Subsecretarios de los distintos Departamentos Ministeriales
- Conforme a la Ley del Gobierno, ¿cuál de los siguientes asuntos NO requiere el examen previo de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios antes de su aprobación por el Consejo de Ministros? → Los nombramientos, ceses y ascensos a cualquiera de los empleos de la categoría de oficiales generales
- Según la Ley del Gobierno, ¿quién ejerce las funciones de la Presidencia de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios en caso de interrupción transitoria en la asistencia a la reunión? → La siguiente autoridad en rango presente, conforme al orden de precedencia de los Departamentos ministeriales
Texto del art. 8
1. La Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios estará integrada por los titulares de las Secretarías de Estado y por los Subsecretarios de los distintos Departamentos Ministeriales.
Asistirá igualmente el Abogado General del Estado y aquellos altos cargos con rango de Secretario de Estado o Subsecretario que sean convocados por el Presidente por razón de la materia de que se trate.
2. La Presidencia de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios corresponde a un Vicepresidente del Gobierno o, en su defecto, al Ministro de la Presidencia. En caso de ausencia del Presidente de la Comisión, la presidencia recaerá en el Ministro que corresponda según el orden de precedencia de los Departamentos ministeriales. No se entenderá por ausencia la interrupción transitoria en la asistencia a la reunión de la Comisión. En ese caso, las funciones que pudieran corresponder al Presidente serán ejercidas por la siguiente autoridad en rango presente, de conformidad con el orden de precedencia de los distintos Departamentos ministeriales.
3. La Secretaría de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios será ejercida por el Subsecretario de la Presidencia. En caso de ausencia, vacante o enfermedad, actuará como Secretario el Director del Secretariado del Gobierno.
4. Las deliberaciones de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios serán reservadas. En ningún caso la Comisión podrá adoptar decisiones o acuerdos por delegación del Gobierno.
5. Corresponde a la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios:
a) El examen de todos los asuntos que vayan a someterse a aprobación del Consejo de Ministros, excepto los nombramientos, ceses, ascensos a cualquiera de los empleos de la categoría de oficiales generales y aquéllos que, excepcionalmente y por razones de urgencia, deban ser sometidos directamente al Consejo de Ministros.
b) El análisis o discusión de aquellos asuntos que, sin ser competencia del Consejo de Ministros o sus Comisiones Delegadas, afecten a varios Ministerios y sean sometidos a la Comisión por su presidente.
6. La Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios podrá celebrar sesiones, deliberar y aprobar actas a distancia por medios electrónicos, siempre que los miembros participantes se encuentren en territorio español y quede acreditada su identidad. Asimismo, se deberá asegurar la comunicación entre ellos en tiempo real durante la sesión, disponiéndose los medios necesarios para garantizar el carácter secreto o reservado de sus deliberaciones.
Test del art. 8 de la Ley 50/1997 (Ley del Gobierno)
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1.¿Quiénes forman parte de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios, según la Ley del Gobierno?
- a) Los Ministros de la Presidencia y los Secretarios de Estado de los Departamentos Ministeriales
- b) Los Subsecretarios de los Ministerios y los Directores Generales de la Administración
- c) Los Vicepresidentes del Gobierno y el Abogado General del Estado
- d) Los titulares de las Secretarías de Estado y los Subsecretarios de los distintos Departamentos Ministeriales
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Respuesta: d) Los titulares de las Secretarías de Estado y los Subsecretarios de los distintos Departamentos Ministeriales
El artículo 8.1 de la Ley 50/1997 indica que la Comisión estará integrada por los titulares de las Secretarías de Estado y por los Subsecretarios de los distintos Departamentos Ministeriales.
2.Conforme a la Ley del Gobierno, ¿cuál de los siguientes asuntos NO requiere el examen previo de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios antes de su aprobación por el Consejo de Ministros?
- a) Los asuntos que afecten a varios Ministerios y sean sometidos por su presidente para análisis
- b) Los asuntos que, sin ser competencia del Consejo de Ministros, afecten a varios Departamentos
- c) Los nombramientos, ceses y ascensos a cualquiera de los empleos de la categoría de oficiales generales
- d) Los asuntos que requieran el análisis o discusión de la Comisión por su complejidad
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Respuesta: c) Los nombramientos, ceses y ascensos a cualquiera de los empleos de la categoría de oficiales generales
El artículo 8.5.a) de la Ley 50/1997 establece que el examen de los asuntos que vayan a someterse a aprobación del Consejo de Ministros tiene como excepción los nombramientos, ceses y ascensos a oficiales generales.
3.Según la Ley del Gobierno, ¿quién ejerce las funciones de la Presidencia de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios en caso de interrupción transitoria en la asistencia a la reunión?
- a) El Ministro que corresponda según el orden de precedencia de los Departamentos ministeriales
- b) El Ministro de la Presidencia, si no hay un Vicepresidente del Gobierno presente en la sesión
- c) Un Vicepresidente del Gobierno, si es el titular de la Presidencia de la Comisión
- d) La siguiente autoridad en rango presente, conforme al orden de precedencia de los Departamentos ministeriales
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Respuesta: d) La siguiente autoridad en rango presente, conforme al orden de precedencia de los Departamentos ministeriales
Según el artículo 8.2 de la Ley 50/1997, en caso de interrupción transitoria en la asistencia a la reunión de la Comisión, las funciones del Presidente serán ejercidas por la siguiente autoridad en rango presente, de conformidad con el orden de precedencia de los distintos Departamentos ministeriales.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.