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    LO 3/2018 (LOPDGDD) · Título IV

    Artículo 24 de la LO 3/2018 (LOPDGDD)

    Tratamiento de datos para la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 21 de febrero de 2023) · 2 preguntas de test

    Lo que preguntan del art. 24

    • Según el artículo 24 de la LOPDGDD, ¿cuál es la finalidad que legitima el tratamiento de datos personales? → Garantizar la protección de quienes informen sobre infracciones normativas
    • ¿Qué normativa rige los tratamientos de datos personales para la protección de quienes informan sobre infracciones normativas? → El Reglamento (UE) 2016/679, la presente ley orgánica y la Ley reguladora de la protección de informantes

    Texto del art. 24

    Serán lícitos los tratamientos de datos personales necesarios para garantizar la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas.

    Dichos tratamientos se regirán por lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, en esta ley orgánica y en la Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 24 de la LO 3/2018 (LOPDGDD)

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.Según el artículo 24 de la LOPDGDD, ¿cuál es la finalidad que legitima el tratamiento de datos personales?

    1. a) Investigar las infracciones normativas detectadas por los informantes
    2. b) Prevenir la corrupción en el ámbito de la Administración pública
    3. c) Garantizar la protección de quienes informen sobre infracciones normativas
    4. d) Asegurar la correcta aplicación del Reglamento (UE) 2016/679
    Ver respuesta

    Respuesta: c) Garantizar la protección de quienes informen sobre infracciones normativas

    Según el artículo 24 de la LOPDGDD, serán lícitos los tratamientos de datos personales necesarios para garantizar la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas.

    2.¿Qué normativa rige los tratamientos de datos personales para la protección de quienes informan sobre infracciones normativas?

    1. a) El Reglamento (UE) 2016/679, la presente ley orgánica y la Ley reguladora de la protección de informantes
    2. b) Esta ley orgánica, el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno
    3. c) La Ley reguladora de la protección de informantes y la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    4. d) Solo el Reglamento (UE) 2016/679 y la presente ley orgánica, sin otras disposiciones específicas
    Ver respuesta

    Respuesta: a) El Reglamento (UE) 2016/679, la presente ley orgánica y la Ley reguladora de la protección de informantes

    El artículo 24 de la LOPDGDD establece que dichos tratamientos se regirán por el Reglamento (UE) 2016/679, esta ley orgánica y la Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

    Test del Título IVTodas las preguntas de este título de la LO 3/2018 (LOPDGDD)

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.