Ley 39/2015 · art. 34 a 52
Test del Título III de la Ley 39/2015
De los actos administrativos
19 preguntas tipo test con respuesta explicada y los 19 artículos del Título III, con su texto consolidado del BOE.
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Test de la Ley 39/2015
Tandas de 10 preguntas al azar. Ves la respuesta y el artículo al momento.
Artículos del Título III
Capítulo II
Preguntas del Título III con respuesta
1.¿A qué deben ajustarse los actos administrativos al ser producidos por el órgano competente?
- a) A los requisitos y al procedimiento establecido
- b) A las directrices de la jerarquía administrativa
- c) A los principios de buena fe y confianza legítima
- d) A la finalidad pública y al interés general
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Respuesta: a) A los requisitos y al procedimiento establecido
Según el artículo 34.1 de la Ley 39/2015, los actos administrativos se producirán por el órgano competente ajustándose a los requisitos y al procedimiento establecido.
Artículo 34: Producción y contenido2.Conforme al artículo 37.1 de la Ley 39/2015, las resoluciones administrativas particulares no pueden vulnerar una disposición general:
- a) aunque sean dictadas por un órgano de igual o superior jerarquía
- b) solo si la disposición general fue emitida por un órgano superior
- c) salvo que provengan de un órgano de superior jerarquía al que la dictó
- d) si proceden de un órgano de inferior jerarquía al que dictó la disposición
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Respuesta: a) aunque sean dictadas por un órgano de igual o superior jerarquía
Según el artículo 37.1, las resoluciones administrativas de carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, 'aunque aquéllas procedan de un órgano de igual o superior jerarquía'.
Artículo 37: Inderogabilidad singular3.¿Desde cuándo producen efectos los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo?
- a) Desde que la resolución sea definitiva
- b) Desde la fecha de su adopción o emisión
- c) Desde su publicación en el boletín oficial
- d) Desde su comunicación a los interesados
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Respuesta: b) Desde la fecha de su adopción o emisión
Según el artículo 39.1 de la Ley 39/2015, los actos de las Administraciones Públicas producirán efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa.
Artículo 39: Efectos4.Según la Ley 39/2015, la eficacia de un acto administrativo puede quedar demorada si:
- a) Lo exija su contenido o esté supeditada a la ejecución material por otro órgano administrativo
- b) Lo exija su contenido o esté supeditada a la conformidad expresa del interesado o de los afectados
- c) Lo exige su contenido o está supeditada a su notificación, publicación o aprobación superior
- d) Lo exija su contenido o esté supeditada a la resolución de un recurso administrativo que afecte su validez
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Respuesta: c) Lo exige su contenido o está supeditada a su notificación, publicación o aprobación superior
El artículo 39.2 de la Ley 39/2015 establece que la eficacia quedará demorada cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a su notificación, publicación o aprobación superior.
Artículo 39: Efectos5.A los solos efectos de entender cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo de duración de los procedimientos, ¿qué es suficiente?
- a) El intento de notificación debidamente acreditado, sin necesidad de incluir el texto íntegro de la resolución
- b) Cualquier notificación que se realice dentro del plazo, aunque no contenga el texto íntegro del acto administrativo
- c) La notificación que contenga el texto íntegro de la resolución, sin necesidad de acreditar el intento de notificación
- d) La notificación que contenga el texto íntegro de la resolución y el intento de notificación debidamente acreditado
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Respuesta: d) La notificación que contenga el texto íntegro de la resolución y el intento de notificación debidamente acreditado
El artículo 40.4 de la Ley 39/2015 indica que, a estos efectos, será suficiente la notificación que contenga, cuando menos, el texto íntegro de la resolución, así como el intento de notificación debidamente acreditado.
Artículo 40: Notificación6.En una notificación en papel en el domicilio, si el interesado no está presente, ¿quién puede recibirla?
- a) Solo un familiar directo mayor de catorce años que resida en el domicilio
- b) Cualquier persona mayor de catorce años que se encuentre en el domicilio y se identifique
- c) Únicamente el cónyuge o pareja de hecho del interesado, con independencia de su edad
- d) Cualquier persona mayor de dieciocho años que se encuentre en el domicilio
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Respuesta: b) Cualquier persona mayor de catorce años que se encuentre en el domicilio y se identifique
El artículo 42.2 de la Ley 39/2015 establece que podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona mayor de catorce años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad.
Artículo 42: Práctica de las notificaciones en papel7.En la práctica de notificaciones en papel en el domicilio, si el primer intento resulta infructuoso, ¿cuál es la regla para el segundo intento?
- a) Se efectuará dos veces más, en días consecutivos, siempre que sea en horas distintas
- b) Se realizará en un plazo de cinco días, en un horario diferente al del primer intento
- c) Se intentará de nuevo en el mismo día, pero con al menos tres horas de diferencia
- d) Se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes
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Respuesta: d) Se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes
Según el artículo 42.2 de la Ley 39/2015, el intento se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes.
Artículo 42: Práctica de las notificaciones en papel8.A efectos de la práctica de notificaciones electrónicas, ¿qué se entiende por comparecencia en la sede electrónica?
- a) El envío de un aviso al interesado informándole de la existencia de una notificación pendiente
- b) El acceso del interesado o su representante debidamente identificado al contenido de la notificación
- c) La confirmación por parte de la Administración de la correcta recepción del aviso de notificación
- d) La mera puesta a disposición de la notificación en la sede electrónica del organismo actuante
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Respuesta: b) El acceso del interesado o su representante debidamente identificado al contenido de la notificación
Según el artículo 43.1 de la Ley 39/2015, se entiende por comparecencia en la sede electrónica el acceso por el interesado o su representante debidamente identificado al contenido de la notificación.
Artículo 43: Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos9.Según el artículo 43.2, ¿cuándo se entenderá rechazada una notificación electrónica de carácter obligatorio o expresamente elegida por el interesado?
- a) Al transcurrir diez días naturales desde la puesta a disposición sin acceder a su contenido
- b) Si la Administración no puede acreditar la correcta puesta a disposición de la notificación
- c) Cuando el interesado no acceda en el mismo día de la puesta a disposición de la notificación
- d) Al transcurrir quince días naturales desde la puesta a disposición sin acceder a su contenido
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Respuesta: a) Al transcurrir diez días naturales desde la puesta a disposición sin acceder a su contenido
Según el artículo 43.2 de la Ley 39/2015, la notificación se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición sin que se acceda a su contenido, si es de carácter obligatorio o ha sido expresamente elegida.
Artículo 43: Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos10.Con carácter facultativo y previamente a la publicación en el BOE, las Administraciones podrán publicar un anuncio en:
- a) Cualquier medio de difusión que no excluya la publicación obligatoria en el BOE
- b) El boletín oficial de la Comunidad Autónoma o de la Provincia
- c) Únicamente en el Consulado o Sección Consular de la Embajada correspondiente
- d) El Diario Oficial de la Unión Europea o en el boletín oficial de la Provincia
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Respuesta: b) El boletín oficial de la Comunidad Autónoma o de la Provincia
El artículo 44 establece que, con carácter facultativo, las Administraciones podrán publicar un anuncio en el boletín oficial de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, entre otros lugares.
Artículo 44: Notificación infructuosa11.Según el artículo 45.3 de la Ley 39/2015, ¿dónde se realizará la publicación de los actos administrativos?
- a) En el Boletín Oficial del Estado, si el acto procede de la Administración General del Estado
- b) En el diario oficial que corresponda, según la Administración de la que proceda el acto
- c) En el tablón de anuncios o edictos de la Administración que haya dictado el acto
- d) En el medio que se haya indicado en la convocatoria, si es un procedimiento selectivo
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Respuesta: b) En el diario oficial que corresponda, según la Administración de la que proceda el acto
El artículo 45.3 de la Ley 39/2015 establece que la publicación de los actos se realizará en el diario oficial que corresponda, según cual sea la Administración de la que proceda el acto a notificar.
Artículo 45: Publicación12.Según el artículo 45 de la Ley 39/2015, ¿en qué supuesto la publicación de un acto administrativo surte los efectos de la notificación?
- a) Cuando el órgano competente aprecie razones de interés público para su difusión
- b) En los procedimientos de concurrencia competitiva, si la convocatoria no indica el medio
- c) Si el acto tiene por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas
- d) Cuando las normas reguladoras del procedimiento así lo establezcan expresamente
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Respuesta: c) Si el acto tiene por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas
Según el artículo 45.1.a de la Ley 39/2015, los actos administrativos serán objeto de publicación, surtiendo ésta los efectos de la notificación, cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas.
Artículo 45: Publicación13.En los procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva, ¿qué previsión debe incluir la convocatoria respecto a la publicación de los actos?
- a) El diario oficial donde se publicarán los actos, pudiendo la Administración cambiarlo si hay razones
- b) El medio donde se realizarán las sucesivas publicaciones, siendo inválidas las hechas en otro lugar
- c) El órgano competente para apreciar las razones de interés público que justifiquen la publicación
- d) La fecha de la primera publicación, sin perjuicio de que las siguientes se anuncien en el tablón
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Respuesta: b) El medio donde se realizarán las sucesivas publicaciones, siendo inválidas las hechas en otro lugar
El artículo 45.1.b de la Ley 39/2015 establece que la convocatoria del procedimiento deberá indicar el medio donde se efectuarán las sucesivas publicaciones, careciendo de validez las que se lleven a cabo en lugares distintos.
Artículo 45: Publicación14.¿Qué tipo de incompetencia de un órgano administrativo causa la nulidad de pleno derecho de sus actos?
- a) Por razón de la jerarquía o de la cuantía
- b) Por razón del tiempo o del procedimiento
- c) Por razón de la materia o del territorio
- d) Por razón de la función o de la persona
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Respuesta: c) Por razón de la materia o del territorio
Según el artículo 47.1.b de la Ley 39/2015, son nulos de pleno derecho los actos dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio.
Artículo 47: Nulidad de pleno derecho15.¿Qué tipo de retroactividad en las disposiciones administrativas las convierte en nulas de pleno derecho?
- a) La que establezca disposiciones administrativas que, siendo interpretativas o aclaratorias, se apliquen retroactivamente a hechos anteriores
- b) La que establezca disposiciones administrativas que, siendo favorables, se apliquen retroactivamente a situaciones ya consolidadas
- c) La que establezca disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales
- d) La que establezca disposiciones administrativas que se apliquen retroactivamente a hechos consumados, afectando la seguridad jurídica
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Respuesta: c) La que establezca disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales
El artículo 47.2 de la Ley 39/2015 establece que serán nulas de pleno derecho las disposiciones administrativas que establezcan la retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.
Artículo 47: Nulidad de pleno derecho16.¿Cuándo un defecto de forma determinará la anulabilidad de un acto administrativo según el artículo 48?
- a) Cuando carezca de requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados
- b) Únicamente si el acto incurre en desviación de poder o en cualquier infracción del ordenamiento jurídico que no sea un defecto formal menor
- c) Cuando la realización de actuaciones administrativas se efectúe fuera del tiempo establecido, y la naturaleza del plazo imponga su anulabilidad
- d) Cuando el acto incurra en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluyendo cualquier tipo de vicio formal, sin necesidad de requisitos adicionales
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Respuesta: a) Cuando carezca de requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados
Según el artículo 48.2 de la Ley 39/2015, el defecto de forma solo determinará la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados.
Artículo 48: Anulabilidad17.Conforme al artículo 48, la realización de actuaciones administrativas fuera del tiempo establecido para ellas:
- a) Solo implicará la anulabilidad cuando así lo imponga la naturaleza del término o plazo
- b) Conllevará la nulidad de pleno derecho por ser un vicio insubsanable del procedimiento
- c) Siempre implicará la anulabilidad del acto, sin que quepa excepción alguna
- d) Determinará la anulabilidad si carece de requisitos formales indispensables para su fin
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Respuesta: a) Solo implicará la anulabilidad cuando así lo imponga la naturaleza del término o plazo
El artículo 48.3 de la Ley 39/2015 establece que la realización de actuaciones administrativas fuera del tiempo establecido para ellas solo implicará la anulabilidad del acto cuando así lo imponga la naturaleza del término o plazo.
Artículo 48: Anulabilidad18.¿En qué supuesto la nulidad o anulabilidad en parte de un acto administrativo implicará la de las partes del mismo independientes de aquélla?
- a) Siempre que la nulidad o anulabilidad afecte a más de la mitad de las partes que componen el acto
- b) Cuando la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado
- c) Cuando la parte viciada afecte a la motivación esencial del acto o a su finalidad principal
- d) Cuando la parte viciada sea un requisito esencial para la validez de los actos sucesivos en el procedimiento
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Respuesta: b) Cuando la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado
Según el artículo 49.2 de la Ley 39/2015, la nulidad o anulabilidad en parte de un acto administrativo implicará la de las partes independientes si la parte viciada es de tal importancia que sin ella el acto no hubiera sido dictado.
Artículo 49: Límites a la extensión de la nulidad o anulabilidad de los actos19.¿Qué efecto produce un acto nulo o anulable que contenga los elementos constitutivos de otro distinto?
- a) Producirá los efectos de este último acto
- b) Deberá ser subsanado para adquirir validez
- c) Será considerado un acto convalidado
- d) Conservará su naturaleza de acto viciado
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Respuesta: a) Producirá los efectos de este último acto
Según el artículo 50 de la Ley 39/2015, los actos nulos o anulables que contengan los elementos constitutivos de otro distinto producirán los efectos de este último.
Artículo 50: Conversión de actos viciados