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    Ley 39/2015 · Título III · Capítulo II

    Artículo 39 de la Ley 39/2015

    Efectos

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 2 de octubre de 2015) · 2 preguntas de test

    Lo que preguntan del art. 39

    • ¿Desde cuándo producen efectos los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo? → Desde la fecha de su adopción o emisión
    • Según la Ley 39/2015, la eficacia de un acto administrativo puede quedar demorada si: → Lo exige su contenido o está supeditada a su notificación, publicación o aprobación superior

    Texto del art. 39

    1. Los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa.

    2. La eficacia quedará demorada cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a su notificación, publicación o aprobación superior.

    3. Excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando se dicten en sustitución de actos anulados, así como cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.

    4. Las normas y actos dictados por los órganos de las Administraciones Públicas en el ejercicio de su propia competencia deberán ser observadas por el resto de los órganos administrativos, aunque no dependan jerárquicamente entre sí o pertenezcan a otra Administración.

    5. Cuando una Administración Pública tenga que dictar, en el ámbito de sus competencias, un acto que necesariamente tenga por base otro dictado por una Administración Pública distinta y aquélla entienda que es ilegal, podrá requerir a ésta previamente para que anule o revise el acto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, y, de rechazar el requerimiento, podrá interponer recurso contencioso-administrativo. En estos casos, quedará suspendido el procedimiento para dictar resolución.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 39 de la Ley 39/2015

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.¿Desde cuándo producen efectos los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo?

    1. a) Desde que la resolución sea definitiva
    2. b) Desde la fecha de su adopción o emisión
    3. c) Desde su publicación en el boletín oficial
    4. d) Desde su comunicación a los interesados
    Ver respuesta

    Respuesta: b) Desde la fecha de su adopción o emisión

    Según el artículo 39.1 de la Ley 39/2015, los actos de las Administraciones Públicas producirán efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa.

    2.Según la Ley 39/2015, la eficacia de un acto administrativo puede quedar demorada si:

    1. a) Lo exija su contenido o esté supeditada a la ejecución material por otro órgano administrativo
    2. b) Lo exija su contenido o esté supeditada a la conformidad expresa del interesado o de los afectados
    3. c) Lo exige su contenido o está supeditada a su notificación, publicación o aprobación superior
    4. d) Lo exija su contenido o esté supeditada a la resolución de un recurso administrativo que afecte su validez
    Ver respuesta

    Respuesta: c) Lo exige su contenido o está supeditada a su notificación, publicación o aprobación superior

    El artículo 39.2 de la Ley 39/2015 establece que la eficacia quedará demorada cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a su notificación, publicación o aprobación superior.

    Test del Título III: De los actos administrativosTodas las preguntas de este título de la Ley 39/2015

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.