Saltar al contenido
    CashStalker
    CashStalker
    Juegos

    Ley 39/2015 · Título III · Capítulo III

    Artículo 48 de la Ley 39/2015

    Anulabilidad

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 2 de octubre de 2015) · 2 preguntas de test

    Lo que preguntan del art. 48

    • ¿Cuándo un defecto de forma determinará la anulabilidad de un acto administrativo según el artículo 48? → Cuando carezca de requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados
    • Conforme al artículo 48, la realización de actuaciones administrativas fuera del tiempo establecido para ellas: → Solo implicará la anulabilidad cuando así lo imponga la naturaleza del término o plazo

    Texto del art. 48

    1. Son anulables los actos de la Administración que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder.

    2. No obstante, el defecto de forma sólo determinará la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados.

    3. La realización de actuaciones administrativas fuera del tiempo establecido para ellas sólo implicará la anulabilidad del acto cuando así lo imponga la naturaleza del término o plazo.

    Ver en el BOE
    Publicidad

    Test del art. 48 de la Ley 39/2015

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.¿Cuándo un defecto de forma determinará la anulabilidad de un acto administrativo según el artículo 48?

    1. a) Cuando carezca de requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados
    2. b) Únicamente si el acto incurre en desviación de poder o en cualquier infracción del ordenamiento jurídico que no sea un defecto formal menor
    3. c) Cuando la realización de actuaciones administrativas se efectúe fuera del tiempo establecido, y la naturaleza del plazo imponga su anulabilidad
    4. d) Cuando el acto incurra en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluyendo cualquier tipo de vicio formal, sin necesidad de requisitos adicionales
    Ver respuesta

    Respuesta: a) Cuando carezca de requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados

    Según el artículo 48.2 de la Ley 39/2015, el defecto de forma solo determinará la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados.

    2.Conforme al artículo 48, la realización de actuaciones administrativas fuera del tiempo establecido para ellas:

    1. a) Solo implicará la anulabilidad cuando así lo imponga la naturaleza del término o plazo
    2. b) Conllevará la nulidad de pleno derecho por ser un vicio insubsanable del procedimiento
    3. c) Siempre implicará la anulabilidad del acto, sin que quepa excepción alguna
    4. d) Determinará la anulabilidad si carece de requisitos formales indispensables para su fin
    Ver respuesta

    Respuesta: a) Solo implicará la anulabilidad cuando así lo imponga la naturaleza del término o plazo

    El artículo 48.3 de la Ley 39/2015 establece que la realización de actuaciones administrativas fuera del tiempo establecido para ellas solo implicará la anulabilidad del acto cuando así lo imponga la naturaleza del término o plazo.

    Test del Título III: De los actos administrativosTodas las preguntas de este título de la Ley 39/2015

    Otros artículos de Título III · Capítulo III

    Reto Opositor: el examen diario10 preguntas, 20 segundos cada una y ranking.

    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.