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    LO 3/2007 (Igualdad) · Título V · Capítulo III

    Artículo 64 de la LO 3/2007 (Igualdad)

    Plan de Igualdad en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 23 de marzo de 2007) · 2 preguntas de test

    Lo que preguntan del art. 64

    • ¿Quién aprueba el Plan para la Igualdad en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella? → El Gobierno, al inicio de cada legislatura
    • ¿Qué órgano es el responsable de la evaluación del cumplimiento del Plan para la Igualdad en la AGE y sus organismos públicos? → El Consejo de Ministros, con carácter anual

    Texto del art. 64

    El Gobierno aprobará, al inicio de cada legislatura, un Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella. El Plan establecerá los objetivos a alcanzar en materia de promoción de la igualdad de trato y oportunidades en el empleo público, así como las estrategias o medidas a adoptar para su consecución. El Plan será objeto de negociación, y en su caso acuerdo, con la representación legal de los empleados públicos en la forma que se determine en la legislación sobre negociación colectiva en la Administración Pública y su cumplimiento será evaluado anualmente por el Consejo de Ministros.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 64 de la LO 3/2007 (Igualdad)

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.¿Quién aprueba el Plan para la Igualdad en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella?

    1. a) La representación legal de los empleados públicos, tras acuerdo
    2. b) El Gobierno, al inicio de cada legislatura
    3. c) El Consejo de Ministros, anualmente
    4. d) El Ministerio de Igualdad, al inicio de cada año natural
    Ver respuesta

    Respuesta: b) El Gobierno, al inicio de cada legislatura

    Según el artículo 64 de la LO 3/2007, el Gobierno aprobará el Plan para la Igualdad al inicio de cada legislatura.

    2.¿Qué órgano es el responsable de la evaluación del cumplimiento del Plan para la Igualdad en la AGE y sus organismos públicos?

    1. a) La representación legal de los empleados públicos, periódicamente
    2. b) El Ministerio de Hacienda y Función Pública, cada dos años
    3. c) El Gobierno, al inicio de cada legislatura
    4. d) El Consejo de Ministros, con carácter anual
    Ver respuesta

    Respuesta: d) El Consejo de Ministros, con carácter anual

    El artículo 64 de la LO 3/2007 establece que el cumplimiento del Plan será evaluado anualmente por el Consejo de Ministros.

    Test del Título VTodas las preguntas de este título de la LO 3/2007 (Igualdad)

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.