LO 3/2007 (Igualdad) · Título V · Capítulo III
Artículo 57 de la LO 3/2007 (Igualdad)
Conciliación y provisión de puestos de trabajo
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 23 de marzo de 2007) · 1 pregunta de test
Lo que preguntan del art. 57
- Según el artículo 57 de la LO 3/2007, ¿qué se computará en las bases de los concursos para la provisión de puestos de trabajo, a efectos de valoración del trabajo y méritos? → El tiempo en las situaciones a que se refiere el artículo anterior
Texto del art. 57
En las bases de los concursos para la provisión de puestos de trabajo se computará, a los efectos de valoración del trabajo desarrollado y de los correspondientes méritos, el tiempo que las personas candidatas hayan permanecido en las situaciones a que se refiere el artículo anterior.
Test del art. 57 de la LO 3/2007 (Igualdad)
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1.Según el artículo 57 de la LO 3/2007, ¿qué se computará en las bases de los concursos para la provisión de puestos de trabajo, a efectos de valoración del trabajo y méritos?
- a) El tiempo en las situaciones a que se refiere el artículo anterior
- b) El tiempo de excedencia por interés particular
- c) El tiempo de servicios prestados en la Administración Pública
- d) El tiempo de formación continua acreditada
Ver respuesta
Respuesta: a) El tiempo en las situaciones a que se refiere el artículo anterior
El artículo 57 de la LO 3/2007 establece que se computará 'el tiempo que las personas candidatas hayan permanecido en las situaciones a que se refiere el artículo anterior' a los efectos de valoración del trabajo desarrollado y de los correspondientes méritos.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.