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    Ley 7/1985 (LBRL) · art. 42 a 45

    Test del Título IV de la Ley 7/1985 (LBRL)

    Otras Entidades locales

    5 preguntas tipo test con respuesta explicada y los 4 artículos del Título IV, con su texto consolidado del BOE.

    Modo práctica · sin reloj

    Test de la Ley 7/1985 (LBRL)

    Tandas de 10 preguntas al azar. Ves la respuesta y el artículo al momento.

    Artículos del Título IV

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    Preguntas del Título IV con respuesta

    1.Según el artículo 42 de la Ley 7/1985, ¿cuándo no podrá crearse una comarca?

    1. a) Si se oponen expresamente la tercera parte de los Municipios que debieran agruparse en ella, siempre que representen al menos la mitad del censo electoral del territorio
    2. b) Si se oponen expresamente las dos quintas partes de los Municipios que debieran agruparse en ella, siempre que representen al menos la mitad del censo electoral del territorio
    3. c) Si se oponen expresamente las tres quintas partes de los Municipios que debieran agruparse en ella, siempre que representen al menos un tercio del censo electoral del territorio
    4. d) Si se oponen expresamente la mitad de los Municipios que debieran agruparse en ella, siempre que representen al menos las dos quintas partes del censo electoral del territorio
    Ver respuesta

    Respuesta: b) Si se oponen expresamente las dos quintas partes de los Municipios que debieran agruparse en ella, siempre que representen al menos la mitad del censo electoral del territorio

    El artículo 42.2 de la Ley 7/1985 establece que no podrá crearse la comarca si a ello se oponen expresamente las dos quintas partes de los Municipios que debieran agruparse en ella, siempre que representen al menos la mitad del censo electoral del territorio correspondiente.

    Artículo 42

    2.De acuerdo con el artículo 42 de la Ley 7/1985, la creación de comarcas no podrá suponer para los Municipios:

    1. a) La pérdida de la competencia para prestar los servicios enumerados en el artículo 25, ni privarles de la gestión de las materias del artículo 26
    2. b) La pérdida de la competencia para prestar los servicios enumerados en el artículo 25, ni privarles de toda intervención en las materias del artículo 26.2
    3. c) La pérdida de la competencia para prestar los servicios enumerados en el artículo 26, ni privarles de la gestión de las materias del artículo 25
    4. d) La pérdida de la competencia para prestar los servicios enumerados en el artículo 26, ni privarles de toda intervención en las materias del artículo 25.2
    Ver respuesta

    Respuesta: d) La pérdida de la competencia para prestar los servicios enumerados en el artículo 26, ni privarles de toda intervención en las materias del artículo 25.2

    El artículo 42.4 de la Ley 7/1985 indica que la creación de las Comarcas no podrá suponer la pérdida por los Municipios de la competencia para prestar los servicios enumerados en el artículo 26, ni privar a los mismos de toda intervención en cada una de las materias enumeradas en el apartado 2 del artículo 25.

    Artículo 42

    3.¿A quién corresponde la elaboración de los estatutos de las mancomunidades, según la Ley 7/1985?

    1. a) A los concejales de la totalidad de los municipios promotores, constituidos en asamblea
    2. b) A la Diputación provincial interesada, tras un informe favorable de los ayuntamientos
    3. c) A los Plenos de los ayuntamientos promotores, constituidos en asamblea
    4. d) Al órgano de gobierno de la mancomunidad, una vez constituida provisionalmente
    Ver respuesta

    Respuesta: a) A los concejales de la totalidad de los municipios promotores, constituidos en asamblea

    Según el artículo 44.3.a de la Ley 7/1985, la elaboración de los estatutos corresponderá a los concejales de la totalidad de los municipios promotores de la mancomunidad, constituidos en asamblea.

    Artículo 44

    4.¿Qué requisito es indispensable para que municipios de distintas comunidades autónomas puedan integrarse en la misma mancomunidad?

    1. a) Que lo permitan las normativas de las comunidades autónomas afectadas
    2. b) Que exista un acuerdo previo de los gobiernos de las comunidades autónomas implicadas
    3. c) Que la mancomunidad tenga un ámbito territorial que abarque al menos dos provincias
    4. d) Que la aprobación de sus estatutos se realice por ley de Cortes Generales
    Ver respuesta

    Respuesta: a) Que lo permitan las normativas de las comunidades autónomas afectadas

    El artículo 44.5 de la Ley 7/1985 establece que podrán integrarse en la misma mancomunidad municipios pertenecientes a distintas comunidades autónomas, siempre que lo permitan las normativas de las comunidades autónomas afectadas.

    Artículo 44

    5.De acuerdo con la Ley 7/1985, ¿qué acuerdos de las entidades de ámbito territorial inferior al Municipio deben ser ratificados por el Ayuntamiento?

    1. a) Los de disposición de bienes, operaciones de crédito y expropiación forzosa
    2. b) Los de contratación de personal y gestión de licencias urbanísticas
    3. c) Los de aprobación de presupuestos y modificación de ordenanzas fiscales
    4. d) Los de nombramiento del órgano unipersonal ejecutivo y creación de servicios públicos
    Ver respuesta

    Respuesta: a) Los de disposición de bienes, operaciones de crédito y expropiación forzosa

    El artículo 45.2.c) de la Ley 7/1985 establece que los acuerdos sobre disposición de bienes, operaciones de crédito y expropiación forzosa deberán ser ratificados por el Ayuntamiento.

    Artículo 45
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