Ley 7/1985 (LBRL) · Título VIII
Artículo 115 de la Ley 7/1985 (LBRL)
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 3 de abril de 1985) · 1 pregunta de test
Lo que preguntan del art. 115
- ¿A qué órgano corresponde la fiscalización externa de las cuentas y de la gestión económica de las entidades locales? → Al Tribunal de Cuentas, con el alcance y condiciones que establece su Ley Orgánica
Texto del art. 115
La fiscalización externa de las cuentas y de la gestión económica de las entidades locales corresponde al Tribunal de Cuentas, con el alcance y condiciones que establece la Ley Orgánica que lo regula, y sin perjuicio de los supuestos de delegación previstos en la misma.
Test del art. 115 de la Ley 7/1985 (LBRL)
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.¿A qué órgano corresponde la fiscalización externa de las cuentas y de la gestión económica de las entidades locales?
- a) Al Pleno de cada entidad local, previo informe favorable del órgano interventor
- b) Al Tribunal de Cuentas, con el alcance y condiciones que establece su Ley Orgánica
- c) A la Intervención General de la Administración del Estado, en coordinación con el Tribunal de Cuentas
- d) A los órganos de control externo autonómicos, salvo en los supuestos de delegación
Ver respuesta
Respuesta: b) Al Tribunal de Cuentas, con el alcance y condiciones que establece su Ley Orgánica
Según el artículo 115 de la Ley 7/1985, la fiscalización externa de las cuentas y de la gestión económica de las entidades locales corresponde al Tribunal de Cuentas.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.