TREBEP · Título VI
Artículo 92 del TREBEP
Situaciones del personal laboral
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 31 de octubre de 2015) · 1 pregunta de test
Lo que preguntan del art. 92
- Según el TREBEP, ¿qué puede determinar la aplicación del Capítulo I del Título VI al personal laboral? → Los convenios colectivos, siempre que sea compatible con el Estatuto de los Trabajadores
Texto del art. 92
El personal laboral se regirá por el Estatuto de los Trabajadores y por los Convenios Colectivos que les sean de aplicación.
Los convenios colectivos podrán determinar la aplicación de este capítulo al personal incluido en su ámbito de aplicación en lo que resulte compatible con el Estatuto de los Trabajadores.
Test del art. 92 del TREBEP
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.Según el TREBEP, ¿qué puede determinar la aplicación del Capítulo I del Título VI al personal laboral?
- a) La normativa básica estatal, previa negociación con los sindicatos más representativos
- b) El Estatuto de los Trabajadores, si así lo establece la legislación autonómica
- c) Los convenios colectivos, siempre que sea compatible con el Estatuto de los Trabajadores
- d) Las leyes de Función Pública, si no contradicen lo dispuesto por el Gobierno
Ver respuesta
Respuesta: c) Los convenios colectivos, siempre que sea compatible con el Estatuto de los Trabajadores
El artículo 92 del TREBEP establece que los convenios colectivos podrán determinar la aplicación de este capítulo al personal laboral, en lo que resulte compatible con el Estatuto de los Trabajadores.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.