TREBEP · Título VII
Artículo 93 del TREBEP
Responsabilidad disciplinaria
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 31 de octubre de 2015) · 1 pregunta de test
Lo que preguntan del art. 93
- Según el TREBEP, los funcionarios que indujeren a otros a cometer una falta disciplinaria incurrirán en: → la misma responsabilidad que los autores de la falta
Texto del art. 93
1. Los funcionarios públicos y el personal laboral quedan sujetos al régimen disciplinario establecido en el presente título y en las normas que las leyes de Función Pública dicten en desarrollo de este Estatuto.
2. Los funcionarios públicos o el personal laboral que indujeren a otros a la realización de actos o conductas constitutivos de falta disciplinaria incurrirán en la misma responsabilidad que éstos.
3. Igualmente, incurrirán en responsabilidad los funcionarios públicos o personal laboral que encubrieren las faltas consumadas muy graves o graves, cuando de dichos actos se derive daño grave para la Administración o los ciudadanos.
4. El régimen disciplinario del personal laboral se regirá, en lo no previsto en el presente título, por la legislación laboral.
Test del art. 93 del TREBEP
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.Según el TREBEP, los funcionarios que indujeren a otros a cometer una falta disciplinaria incurrirán en:
- a) la misma responsabilidad que los autores de la falta
- b) una responsabilidad menor que los autores de la falta
- c) una responsabilidad solo si la falta es muy grave o grave
- d) una responsabilidad distinta a la de los autores de la falta
Ver respuesta
Respuesta: a) la misma responsabilidad que los autores de la falta
El artículo 93.2 del TREBEP establece que quienes indujeren a otros a la realización de actos o conductas constitutivos de falta disciplinaria incurrirán en la misma responsabilidad que éstos.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.