TREBEP · Título VI
Artículo 91 del TREBEP
Reingreso al servicio activo
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 31 de octubre de 2015) · 1 pregunta de test
Lo que preguntan del art. 91
- Según el TREBEP, el reingreso al servicio activo de los funcionarios de carrera se regulará reglamentariamente en cuanto a: → los plazos, procedimientos y condiciones
Texto del art. 91
Reglamentariamente se regularán los plazos, procedimientos y condiciones, según las situaciones administrativas de procedencia, para solicitar el reingreso al servicio activo de los funcionarios de carrera, con respeto al derecho a la reserva del puesto de trabajo en los casos en que proceda conforme al presente Estatuto.
Test del art. 91 del TREBEP
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.Según el TREBEP, el reingreso al servicio activo de los funcionarios de carrera se regulará reglamentariamente en cuanto a:
- a) las causas, órganos y recursos
- b) los requisitos, efectos y garantías
- c) los plazos, procedimientos y condiciones
- d) las solicitudes, resoluciones y notificaciones
Ver respuesta
Respuesta: c) los plazos, procedimientos y condiciones
El artículo 91 del TREBEP establece que reglamentariamente se regularán "los plazos, procedimientos y condiciones" para solicitar el reingreso al servicio activo.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.