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    Ley 7/1985 (LBRL) · Título X · Capítulo II

    Artículo 131 de la Ley 7/1985 (LBRL)

    El Consejo Social de la Ciudad

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 17 de diciembre de 2003) · 2 preguntas de test

    Lo que preguntan del art. 131

    • Según la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Consejo Social de la Ciudad está integrado por representantes de las organizaciones: → económicas, sociales, profesionales y de vecinos más representativas
    • ¿Qué órgano municipal tiene la competencia para determinar funciones adicionales del Consejo Social de la Ciudad mediante normas orgánicas? → El Pleno municipal

    Texto del art. 131

    1. En los municipios señalados en este título, existirá un Consejo Social de la Ciudad, integrado por representantes de las organizaciones económicas, sociales, profesionales y de vecinos más representativas.

    2. Corresponderá a este Consejo, además de las funciones que determine el Pleno mediante normas orgánicas, la emisión de informes, estudios y propuestas en materia de desarrollo económico local, planificación estratégica de la ciudad y grandes proyectos urbanos.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 131 de la Ley 7/1985 (LBRL)

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.Según la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Consejo Social de la Ciudad está integrado por representantes de las organizaciones:

    1. a) municipales, autonómicas, estatales y de la Unión Europea
    2. b) económicas, sociales, profesionales y de vecinos más representativas
    3. c) políticas, empresariales, sindicales y de asociaciones vecinales
    4. d) culturales, deportivas, juveniles y de la tercera edad
    Ver respuesta

    Respuesta: b) económicas, sociales, profesionales y de vecinos más representativas

    El artículo 131.1 de la Ley 7/1985 establece que el Consejo Social de la Ciudad está integrado por representantes de las organizaciones económicas, sociales, profesionales y de vecinos más representativas.

    2.¿Qué órgano municipal tiene la competencia para determinar funciones adicionales del Consejo Social de la Ciudad mediante normas orgánicas?

    1. a) La Junta de Gobierno Local
    2. b) El Pleno municipal
    3. c) La Alcaldía-Presidencia
    4. d) La Comisión de Urbanismo
    Ver respuesta

    Respuesta: b) El Pleno municipal

    El artículo 131.2 de la Ley 7/1985 indica que el Pleno determinará las funciones adicionales del Consejo Social de la Ciudad mediante normas orgánicas.

    Test del Título X: Régimen de organización de los municipios de gran poblaciónTodas las preguntas de este título de la Ley 7/1985 (LBRL)

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.