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    Ley 7/1985 (LBRL) · Título X · Capítulo II

    Artículo 129 de la Ley 7/1985 (LBRL)

    La asesoría jurídica

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 17 de diciembre de 2003) · 1 pregunta de test

    Lo que preguntan del art. 129

    • La asesoría jurídica municipal, según la Ley 7/1985, es responsable de la asistencia jurídica comprensiva de: → El asesoramiento jurídico, la representación y defensa en juicio del ayuntamiento

    Texto del art. 129

    1. Sin perjuicio de las funciones reservadas al secretario del Pleno por el párrafo e) del apartado 5 del artículo 122 de esta ley, existirá un órgano administrativo responsable de la asistencia jurídica al Alcalde, a la Junta de Gobierno Local y a los órganos directivos, comprensiva del asesoramiento jurídico y de la representación y defensa en juicio del ayuntamiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 447 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

    2. Su titular será nombrado y separado por la Junta de Gobierno Local, entre personas que reúnan los siguientes requisitos:

    a) Estar en posesión del título de licenciado en derecho.

    b) Ostentar la condición de funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, o bien funcionario de carrera del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, a los que se exija para su ingreso el título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 129 de la Ley 7/1985 (LBRL)

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.La asesoría jurídica municipal, según la Ley 7/1985, es responsable de la asistencia jurídica comprensiva de:

    1. a) El asesoramiento jurídico, la gestión económica y la representación legal del ayuntamiento
    2. b) El asesoramiento jurídico, la representación y defensa en juicio del ayuntamiento
    3. c) El asesoramiento jurídico, la fiscalización interna y la defensa en juicio del ayuntamiento
    4. d) La representación y defensa en juicio del ayuntamiento, y la secretaría del Pleno
    Ver respuesta

    Respuesta: b) El asesoramiento jurídico, la representación y defensa en juicio del ayuntamiento

    El artículo 129.1 de la Ley 7/1985 establece que la asistencia jurídica es comprensiva del asesoramiento jurídico y de la representación y defensa en juicio del ayuntamiento.

    Test del Título X: Régimen de organización de los municipios de gran poblaciónTodas las preguntas de este título de la Ley 7/1985 (LBRL)

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.