Ley 7/1985 (LBRL) · Título X · Capítulo II
Artículo 127 de la Ley 7/1985 (LBRL)
Atribuciones de la Junta de Gobierno Local
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 30 de diciembre de 2013) · 2 preguntas de test
Lo que preguntan del art. 127
- ¿Qué atribución corresponde a la Junta de Gobierno Local? → Aprobar proyectos de ordenanzas y reglamentos, excepto las normas del Pleno y sus comisiones
- ¿Cuál de las siguientes funciones, atribuidas a la Junta de Gobierno Local, no puede ser objeto de delegación? → La aprobación de la oferta de empleo público
Texto del art. 127
1. Corresponde a la Junta de Gobierno Local:
a) La aprobación de los proyectos de ordenanzas y de los reglamentos, incluidos los orgánicos, con excepción de las normas reguladoras del Pleno y sus comisiones.
b) La aprobación del proyecto de presupuesto.
c) La aprobación de los proyectos de instrumentos de ordenación urbanística cuya aprobación definitiva o provisional corresponda al Pleno.
d) Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no atribuidas expresamente al Pleno, así como de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
e) La concesión de cualquier tipo de licencia, salvo que la legislación sectorial la atribuya expresamente a otro órgano.
f) (Derogada)
g) El desarrollo de la gestión económica, autorizar y disponer gastos en materia de su competencia, disponer gastos previamente autorizados por el Pleno, y la gestión del personal.
h) Aprobar la relación de puestos de trabajo, las retribuciones del personal de acuerdo con el presupuesto aprobado por el Pleno, la oferta de empleo público, las bases de las convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo, el número y régimen del personal eventual, la separación del servicio de los funcionarios del Ayuntamiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 99 de esta ley, el despido del personal laboral, el régimen disciplinario y las demás decisiones en materia de personal que no estén expresamente atribuidas a otro órgano.
La composición de los tribunales de oposiciones será predominantemente técnica, debiendo poseer todos sus miembros un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas. Su presidente podrá ser nombrado entre los miembros de la Corporación o entre el personal al servicio de las Administraciones públicas.
i) El nombramiento y el cese de los titulares de los órganos directivos de la Administración municipal, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional octava para los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.
j) El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas en materia de su competencia.
k) Las facultades de revisión de oficio de sus propios actos.
l) Ejercer la potestad sancionadora salvo que por ley esté atribuida a otro órgano.
m) Designar a los representantes municipales en los órganos colegiados de gobierno o administración de los entes, fundaciones o sociedades, sea cual sea su naturaleza, en los que el Ayuntamiento sea partícipe.
n) Las demás que le correspondan, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
2. La Junta de Gobierno Local podrá delegar en los Tenientes de Alcalde, en los demás miembros de la Junta de Gobierno Local, en su caso, en los demás concejales, en los coordinadores generales, directores generales u órganos similares, las funciones enumeradas en los párrafos e), f), g), h) con excepción de la aprobación de la relación de puestos de trabajo, de las retribuciones del personal, de la oferta de empleo público, de la determinación del número y del régimen del personal eventual y de la separación del servicio de los funcionarios, y l) del apartado anterior.
Test del art. 127 de la Ley 7/1985 (LBRL)
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1.¿Qué atribución corresponde a la Junta de Gobierno Local?
- a) Aprobar las normas reguladoras de las comisiones del Pleno y de su funcionamiento
- b) Aprobar proyectos de ordenanzas y reglamentos, incluyendo las normas reguladoras del Pleno y sus comisiones
- c) Aprobar definitivamente los reglamentos orgánicos, sin excepción alguna de su contenido
- d) Aprobar proyectos de ordenanzas y reglamentos, excepto las normas del Pleno y sus comisiones
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Respuesta: d) Aprobar proyectos de ordenanzas y reglamentos, excepto las normas del Pleno y sus comisiones
Según el artículo 127.1.a de la Ley 7/1985, corresponde a la Junta de Gobierno Local la aprobación de los proyectos de ordenanzas y reglamentos, con la excepción expresa de las normas reguladoras del Pleno y sus comisiones.
2.¿Cuál de las siguientes funciones, atribuidas a la Junta de Gobierno Local, no puede ser objeto de delegación?
- a) La concesión de cualquier tipo de licencia urbanística
- b) La gestión económica y la autorización de gastos
- c) El ejercicio de la potestad sancionadora municipal
- d) La aprobación de la oferta de empleo público
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Respuesta: d) La aprobación de la oferta de empleo público
El artículo 127.2 de la Ley 7/1985 establece las funciones delegables, y en el apartado h) excluye expresamente de delegación la aprobación de la oferta de empleo público.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.