Ley 39/2015 · Título IV · Capítulo VII
Artículo 98 de la Ley 39/2015
Ejecutoriedad
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 2 de octubre de 2015) · 1 pregunta de test
Lo que preguntan del art. 98
- Conforme al artículo 98.2 de la Ley 39/2015, ¿cuál de los siguientes es un medio electrónico preferente para el pago de una obligación a la Hacienda pública? → Realizar una transferencia bancaria
Texto del art. 98
1. Los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo serán inmediatamente ejecutivos, salvo que:
a) Se produzca la suspensión de la ejecución del acto.
b) Se trate de una resolución de un procedimiento de naturaleza sancionadora contra la que quepa algún recurso en vía administrativa, incluido el potestativo de reposición.
c) Una disposición establezca lo contrario.
d) Se necesite aprobación o autorización superior.
2. Cuando de una resolución administrativa, o de cualquier otra forma de finalización del procedimiento administrativo prevista en esta ley, nazca una obligación de pago derivada de una sanción pecuniaria, multa o cualquier otro derecho que haya de abonarse a la Hacienda pública, éste se efectuará preferentemente, salvo que se justifique la imposibilidad de hacerlo, utilizando alguno de los medios electrónicos siguientes:
a) Tarjeta de crédito y débito.
b) Transferencia bancaria.
c) Domiciliación bancaria.
d) Cualesquiera otros que se autoricen por el órgano competente en materia de Hacienda Pública.
Test del art. 98 de la Ley 39/2015
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.Conforme al artículo 98.2 de la Ley 39/2015, ¿cuál de los siguientes es un medio electrónico preferente para el pago de una obligación a la Hacienda pública?
- a) Enviar un giro postal electrónico
- b) Utilizar un sistema de monedero digital
- c) Realizar una transferencia bancaria
- d) Efectuar un pago con cheque electrónico
Ver respuesta
Respuesta: c) Realizar una transferencia bancaria
El artículo 98.2.b de la Ley 39/2015 menciona la "Transferencia bancaria" como uno de los medios electrónicos preferentes para el pago de obligaciones a la Hacienda pública.
Otros artículos de Título IV · Capítulo VII
Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.