Constitución · Título VIII · Capítulo tercero
Artículo 157 de la Constitución
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 29 de diciembre de 1978) · 2 preguntas de test
Lo que preguntan del art. 157
- Según el artículo 157 de la Constitución Española, ¿cuál de los siguientes elementos constituye un recurso de las Comunidades Autónomas? → El producto de las operaciones de crédito
- Conforme al artículo 157.3 de la Constitución, la regulación del ejercicio de las competencias financieras de las Comunidades Autónomas se realizará mediante: → Una ley orgánica, que también resolverá conflictos y formas de colaboración
Texto del art. 157
1. Los recursos de las Comunidades Autónomas estarán constituidos por:
a) Impuestos cedidos total o parcialmente por el Estado; recargos sobre impuestos estatales y otras participaciones en los ingresos del Estado.
b) Sus propios impuestos, tasas y contribuciones especiales.
c) Transferencias de un Fondo de Compensación interterritorial y otras asignaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
d) Rendimientos procedentes de su patrimonio e ingresos de derecho privado.
e) El producto de las operaciones de crédito.
2. Las Comunidades Autónomas no podrán en ningún caso adoptar medidas tributarias sobre bienes situados fuera de su territorio o que supongan obstáculo para la libre circulación de mercancías o servicios.
3. Mediante ley orgánica podrá regularse el ejercicio de las competencias financieras enumeradas en el precedente apartado 1, las normas para resolver los conflictos que pudieran surgir y las posibles formas de colaboración financiera entre las Comunidades Autónomas y el Estado.
Test del art. 157 de la Constitución
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.Según el artículo 157 de la Constitución Española, ¿cuál de los siguientes elementos constituye un recurso de las Comunidades Autónomas?
- a) Recargos sobre impuestos municipales y provinciales
- b) El producto de las operaciones de crédito
- c) Subvenciones de la Unión Europea para proyectos regionales
- d) Impuestos sobre bienes situados fuera de su territorio
Ver respuesta
Respuesta: b) El producto de las operaciones de crédito
El artículo 157.1.e) de la Constitución Española establece que los recursos de las Comunidades Autónomas estarán constituidos por 'El producto de las operaciones de crédito'.
2.Conforme al artículo 157.3 de la Constitución, la regulación del ejercicio de las competencias financieras de las Comunidades Autónomas se realizará mediante:
- a) Una ley ordinaria del Estado, que establecerá los principios generales
- b) Una ley orgánica, que también resolverá conflictos y formas de colaboración
- c) Un Real Decreto Legislativo, previa delegación de las Cortes Generales
- d) Un decreto-ley del Gobierno, en supuestos de urgente y extraordinaria necesidad
Ver respuesta
Respuesta: b) Una ley orgánica, que también resolverá conflictos y formas de colaboración
El artículo 157.3 de la Constitución Española indica que 'Mediante ley orgánica podrá regularse el ejercicio de las competencias financieras enumeradas en el precedente apartado 1, las normas para resolver los conflictos que pudieran surgir y las posibles formas de colaboración financiera entre las Comunidades Autónomas y el Estado'.
Otros artículos de Título VIII · Capítulo tercero
Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.