Constitución · Título VIII · Capítulo tercero
Artículo 143 de la Constitución
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 29 de diciembre de 1978) · 1 pregunta de test
Lo que preguntan del art. 143
- ¿En qué plazo deben cumplirse los requisitos para la iniciativa del proceso autonómico, según el Artículo 143.2 de la Constitución? → En el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas
Texto del art. 143
1. En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos.
2. La iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas.
3. La iniciativa, en caso de no prosperar, solamente podrá reiterarse pasados cinco años.
Test del art. 143 de la Constitución
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.¿En qué plazo deben cumplirse los requisitos para la iniciativa del proceso autonómico, según el Artículo 143.2 de la Constitución?
- a) En el plazo de dieciocho meses desde el inicio del proceso por la Corporación local promotora
- b) En el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas
- c) En el plazo de doce meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas
- d) En el plazo de seis meses desde la publicación del acuerdo inicial por la Corporación local interesada
Ver respuesta
Respuesta: b) En el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas
El Artículo 143.2 de la Constitución indica que estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.