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    TREBEP · Título II · Capítulo I

    Artículo 9 del TREBEP

    Funcionarios de carrera

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 31 de octubre de 2015) · 2 preguntas de test

    Lo que preguntan del art. 9

    • ¿Qué tipo de relación vincula a los funcionarios de carrera con la Administración Pública? → Una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo
    • ¿A quién corresponde exclusivamente el ejercicio de las funciones que implican la participación directa o indirecta en las potestades públicas? → A los funcionarios públicos, en los términos que fije la ley de desarrollo

    Texto del art. 9

    1. Son funcionarios de carrera quienes, en virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.

    2. En todo caso, el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos, en los términos que en la ley de desarrollo de cada Administración Pública se establezca.

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    Test del art. 9 del TREBEP

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.¿Qué tipo de relación vincula a los funcionarios de carrera con la Administración Pública?

    1. a) Una relación de servicios regulada por el Derecho Mercantil
    2. b) Una relación contractual regulada por el Derecho Civil
    3. c) Una relación laboral regulada por el Derecho del Trabajo
    4. d) Una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo
    Ver respuesta

    Respuesta: d) Una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo

    Según el artículo 9.1 del TREBEP, los funcionarios de carrera están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo.

    2.¿A quién corresponde exclusivamente el ejercicio de las funciones que implican la participación directa o indirecta en las potestades públicas?

    1. a) Al personal laboral fijo, según lo que establezca el convenio colectivo
    2. b) A los funcionarios de carrera, según lo dispuesto en el reglamento orgánico
    3. c) Al personal eventual, conforme a lo que determine el decreto del gobierno
    4. d) A los funcionarios públicos, en los términos que fije la ley de desarrollo
    Ver respuesta

    Respuesta: d) A los funcionarios públicos, en los términos que fije la ley de desarrollo

    El artículo 9.2 del TREBEP establece que el ejercicio de dichas funciones corresponde exclusivamente a los funcionarios públicos, en los términos que la ley de desarrollo de cada Administración Pública establezca.

    Test del Título II: Personal al servicio de las Administraciones PúblicasTodas las preguntas de este título del TREBEP

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.