TREBEP · Título IV · Capítulo I
Artículo 56 del TREBEP
Requisitos generales
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 31 de octubre de 2015) · 2 preguntas de test
Lo que preguntan del art. 56
- Según el TREBEP, ¿qué requisito de edad se exige para participar en los procesos selectivos? → Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa
- ¿Qué condición debe cumplir un aspirante respecto a la inhabilitación para el acceso al empleo público? → No hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial
Texto del art. 56
1. Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida.
2. Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, deberán prever la selección de empleados públicos debidamente capacitados para cubrir los puestos de trabajo en las Comunidades Autónomas que gocen de dos lenguas oficiales.
3. Podrá exigirse el cumplimiento de otros requisitos específicos que guarden relación objetiva y proporcionada con las funciones asumidas y las tareas a desempeñar. En todo caso, habrán de establecerse de manera abstracta y general.
Test del art. 56 del TREBEP
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.Según el TREBEP, ¿qué requisito de edad se exige para participar en los procesos selectivos?
- a) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad que fije la Administración convocante
- b) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa
- c) Ser mayor de edad y no exceder de la edad máxima establecida por reglamento
- d) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa
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Respuesta: d) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa
Según el artículo 56.1.c del TREBEP, es necesario 'Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa'.
2.¿Qué condición debe cumplir un aspirante respecto a la inhabilitación para el acceso al empleo público?
- a) No hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial
- b) No hallarse en inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme
- c) No haber sido inhabilitado por resolución administrativa o judicial para cargos públicos
- d) No haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública por sanción disciplinaria grave
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Respuesta: a) No hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial
El artículo 56.1.d del TREBEP establece como requisito 'no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial'.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.