LO 3/2018 (LOPDGDD) · Título VI
Artículo 43 de la LO 3/2018 (LOPDGDD)
Supuestos sometidos a información previa a la autoridad de protección de datos competente
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 6 de diciembre de 2018) · 2 preguntas de test
Lo que preguntan del art. 43
- Según el artículo 43 de la LOPDGDD, ¿cuándo deben los responsables del tratamiento informar a la autoridad de protección de datos competente sobre una transferencia internacional de datos basada en intereses legítimos imperiosos? → Con carácter previo a la realización de la transferencia
- ¿Qué tipo de actividades están exceptuadas de la obligación de informar previamente a la autoridad de protección de datos sobre transferencias internacionales de datos por intereses legítimos imperiosos? → Las llevadas a cabo por autoridades públicas en el ejercicio de sus poderes públicos
Texto del art. 43
Los responsables del tratamiento deberán informar a la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, a las autoridades autonómicas de protección de datos, de cualquier transferencia internacional de datos que pretendan llevar a cabo sobre la base de su necesidad para fines relacionados con intereses legítimos imperiosos perseguidos por aquéllos y la concurrencia del resto de los requisitos previstos en el último párrafo del artículo 49.1 del Reglamento (UE) 2016/679. Asimismo, informarán a los afectados de la transferencia y de los intereses legítimos imperiosos perseguidos.
Esta información deberá facilitarse con carácter previo a la realización de la transferencia.
Lo dispuesto en este artículo no será de aplicación a las actividades llevadas a cabo por las autoridades públicas en el ejercicio de sus poderes públicos, de acuerdo con el artículo 49.3 del Reglamento (UE) 2016/679.
Test del art. 43 de la LO 3/2018 (LOPDGDD)
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1.Según el artículo 43 de la LOPDGDD, ¿cuándo deben los responsables del tratamiento informar a la autoridad de protección de datos competente sobre una transferencia internacional de datos basada en intereses legítimos imperiosos?
- a) Con carácter previo a la realización de la transferencia
- b) En un plazo de diez días desde la realización de la transferencia
- c) Una vez autorizada la transferencia por la autoridad competente
- d) En el momento de la comunicación a los afectados
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Respuesta: a) Con carácter previo a la realización de la transferencia
El artículo 43 establece que "Esta información deberá facilitarse con carácter previo a la realización de la transferencia".
2.¿Qué tipo de actividades están exceptuadas de la obligación de informar previamente a la autoridad de protección de datos sobre transferencias internacionales de datos por intereses legítimos imperiosos?
- a) Las llevadas a cabo por autoridades públicas en el ejercicio de sus poderes públicos
- b) Las realizadas por entidades privadas que actúen bajo mandato legal
- c) Las que cuenten con una autorización expresa de la Agencia Española de Protección de Datos
- d) Las que sean necesarias para la protección de intereses vitales del interesado
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Respuesta: a) Las llevadas a cabo por autoridades públicas en el ejercicio de sus poderes públicos
El artículo 43 indica que "Lo dispuesto en este artículo no será de aplicación a las actividades llevadas a cabo por las autoridades públicas en el ejercicio de sus poderes públicos".
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.