LO 3/2007 (Igualdad) · Título VI
Artículo 70 de la LO 3/2007 (Igualdad)
Protección en situación de embarazo
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 23 de marzo de 2007) · 1 pregunta de test
Lo que preguntan del art. 70
- Según el artículo 70 de la LO 3/2007, ¿en qué supuesto se permite a un contratante indagar sobre la situación de embarazo de una mujer en el acceso a bienes y servicios? → Por razones de protección de su salud
Texto del art. 70
En el acceso a bienes y servicios, ningún contratante podrá indagar sobre la situación de embarazo de una mujer demandante de los mismos, salvo por razones de protección de su salud.
Test del art. 70 de la LO 3/2007 (Igualdad)
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.Según el artículo 70 de la LO 3/2007, ¿en qué supuesto se permite a un contratante indagar sobre la situación de embarazo de una mujer en el acceso a bienes y servicios?
- a) Por razones de protección de su salud
- b) En situaciones de riesgo laboral inminente
- c) Si la mujer lo consiente expresamente
- d) Cuando se trate de servicios de alto riesgo
Ver respuesta
Respuesta: a) Por razones de protección de su salud
El artículo 70 de la LO 3/2007 establece que ningún contratante podrá indagar sobre la situación de embarazo, salvo por razones de protección de la salud de la mujer.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.