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    LO 1/2004 (Violencia de género) · Título III

    Artículo 29 de la LO 1/2004 (Violencia de género)

    La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 7 de septiembre de 2022) · 2 preguntas de test

    Lo que preguntan del art. 29

    • Según la LO 1/2004, ¿cuál de las siguientes es una función de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género? → Elaborar la Macroencuesta de Violencia contra las Mujeres
    • ¿Quién está legitimado ante los órganos jurisdiccionales para intervenir en defensa de los derechos tutelados en la LO 1/2004? → La persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género

    Texto del art. 29

    1. La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, adscrita al Ministerio de Igualdad o al departamento con competencias en la materia, formulará las políticas públicas en relación con la violencia de género a desarrollar por el Gobierno y elaborará la Macroencuesta de Violencia contra las Mujeres. Asimismo, coordinará e impulsará cuantas acciones se realicen en dicha materia, trabajando en colaboración y coordinación con las administraciones con competencia en la materia.

    2. La persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género estará legitimada ante los órganos jurisdiccionales para intervenir en defensa de los derechos y de los intereses tutelados en esta ley en colaboración y coordinación con las administraciones con competencias en la materia.

    3. Reglamentariamente se determinará el rango y las funciones concretas de la persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 29 de la LO 1/2004 (Violencia de género)

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.Según la LO 1/2004, ¿cuál de las siguientes es una función de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género?

    1. a) Elaborar la Macroencuesta de Violencia contra las Mujeres
    2. b) Gestionar directamente los centros de acogida para víctimas de violencia
    3. c) Resolver los recursos administrativos en materia de violencia de género
    4. d) Aprobar los planes de igualdad de las administraciones públicas
    Ver respuesta

    Respuesta: a) Elaborar la Macroencuesta de Violencia contra las Mujeres

    Según el artículo 29.1 de la LO 1/2004, la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género elaborará la Macroencuesta de Violencia contra las Mujeres.

    2.¿Quién está legitimado ante los órganos jurisdiccionales para intervenir en defensa de los derechos tutelados en la LO 1/2004?

    1. a) La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, como órgano colegiado
    2. b) Cualquier administración pública con competencias en la materia de violencia
    3. c) La persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género
    4. d) El Ministerio de Igualdad, en coordinación con las administraciones competentes
    Ver respuesta

    Respuesta: c) La persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género

    El artículo 29.2 de la LO 1/2004 establece que la persona titular de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género estará legitimada ante los órganos jurisdiccionales.

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.