LO 1/2004 (Violencia de género) · Título I · Capítulo II
Artículo 12 de la LO 1/2004 (Violencia de género)
Titulares de la acción de cesación y rectificación
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 29 de diciembre de 2004) · 2 preguntas de test
Lo que preguntan del art. 12
- Según el artículo 12 de la LO 1/2004, ¿cuál de los siguientes organismos está legitimado para ejercitar la acción de cesación de publicidad ilícita? → La Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer
- Conforme al artículo 12 de la LO 1/2004, ¿qué requisito específico deben cumplir las Asociaciones para estar legitimadas en la acción de cesación de publicidad ilícita? → Que tengan como objetivo único la defensa de los intereses de la mujer
Texto del art. 12
La Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer , el Instituto de la Mujer u órgano equivalente de cada Comunidad Autónoma, el Ministerio Fiscal y las Asociaciones que tengan como objetivo único la defensa de los intereses de la mujer estarán legitimados para ejercitar ante los Tribunales la acción de cesación de publicidad ilícita por utilizar en forma vejatoria la imagen de la mujer, en los términos de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
Test del art. 12 de la LO 1/2004 (Violencia de género)
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1.Según el artículo 12 de la LO 1/2004, ¿cuál de los siguientes organismos está legitimado para ejercitar la acción de cesación de publicidad ilícita?
- a) Las asociaciones de mujeres con fines culturales y sociales
- b) El Consejo de Ministros en asuntos de igualdad de género
- c) La Secretaría de Estado de Igualdad y para la Violencia de Género
- d) La Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer
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Respuesta: d) La Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer
El artículo 12 de la LO 1/2004 establece que la Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer está legitimada para ejercitar la acción de cesación de publicidad ilícita.
2.Conforme al artículo 12 de la LO 1/2004, ¿qué requisito específico deben cumplir las Asociaciones para estar legitimadas en la acción de cesación de publicidad ilícita?
- a) Que su objeto social incluya la promoción de la igualdad de género
- b) Que tengan como objetivo único la defensa de los intereses de la mujer
- c) Que estén inscritas en el registro correspondiente y tengan fines de igualdad
- d) Que cuenten con una antigüedad mínima de dos años y defiendan a las mujeres
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Respuesta: b) Que tengan como objetivo único la defensa de los intereses de la mujer
El artículo 12 de la LO 1/2004 indica que las Asociaciones deben tener como objetivo único la defensa de los intereses de la mujer para estar legitimadas.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.