Ley 7/1985 (LBRL) · Título V · Capítulo IV
Artículo 69 de la Ley 7/1985 (LBRL)
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 3 de octubre de 2026) · 2 preguntas de test
Lo que preguntan del art. 69
- ¿Qué principio deben seguir las Corporaciones locales al ofrecer información sobre su actividad, según el artículo 69.1 de la LBRL? → El principio del diseño universal, para que la información sea comprensible para todas las personas
- Según el artículo 69.2 de la LBRL, ¿qué no podrán menoscabar las formas de participación ciudadana establecidas por las Corporaciones locales? → Las facultades de decisión que corresponden a los órganos representativos regulados por la Ley
Texto del art. 69
1. Las Corporaciones locales facilitarán la más amplia información sobre su actividad y la participación de toda la ciudadanía en la vida local. A tal fin la información se ofrecerá en formatos accesibles, siguiendo las reglas marcadas por el principio del diseño universal, de manera que resulten comprensibles para todas las personas.
2. Las formas, medios y procedimientos de participación que las Corporaciones establezcan en ejercicio de su potestad de autoorganización no podrán en ningún caso menoscabar las facultades de decisión que corresponden a los órganos representativos regulados por la Ley.
Test del art. 69 de la Ley 7/1985 (LBRL)
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.¿Qué principio deben seguir las Corporaciones locales al ofrecer información sobre su actividad, según el artículo 69.1 de la LBRL?
- a) El principio de transparencia activa, garantizando el acceso a la información pública de interés general
- b) El principio de eficiencia en la gestión, buscando la máxima difusión con el menor coste posible
- c) El principio de publicidad oficial, asegurando su publicación en los boletines correspondientes
- d) El principio del diseño universal, para que la información sea comprensible para todas las personas
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Respuesta: d) El principio del diseño universal, para que la información sea comprensible para todas las personas
Según el artículo 69.1 de la Ley 7/1985, la información se ofrecerá siguiendo las reglas marcadas por el principio del diseño universal, de manera que resulten comprensibles para todas las personas.
2.Según el artículo 69.2 de la LBRL, ¿qué no podrán menoscabar las formas de participación ciudadana establecidas por las Corporaciones locales?
- a) Los derechos de los ciudadanos a participar directamente en la gestión de los servicios públicos
- b) Las competencias exclusivas de los órganos de gobierno de ámbito supramunicipal
- c) Las atribuciones de los miembros de la Junta de Gobierno Local y de los Tenientes de Alcalde
- d) Las facultades de decisión que corresponden a los órganos representativos regulados por la Ley
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Respuesta: d) Las facultades de decisión que corresponden a los órganos representativos regulados por la Ley
El artículo 69.2 de la Ley 7/1985 establece que las formas, medios y procedimientos de participación no podrán en ningún caso menoscabar las facultades de decisión que corresponden a los órganos representativos regulados por la Ley.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.