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    TREBEP · Título V · Capítulo I

    Artículo 70 del TREBEP

    Oferta de empleo público

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 31 de octubre de 2015) · 1 pregunta de test

    Lo que preguntan del art. 70

    • ¿Qué órgano aprueba la Oferta de Empleo Público o instrumento similar y con qué periodicidad? → Los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas, anualmente

    Texto del art. 70

    1. Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por cien adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.

    2. La Oferta de empleo público o instrumento similar, que se aprobará anualmente por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas, deberá ser publicada en el Diario oficial correspondiente.

    3. La Oferta de empleo público o instrumento similar podrá contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 70 del TREBEP

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.¿Qué órgano aprueba la Oferta de Empleo Público o instrumento similar y con qué periodicidad?

    1. a) Los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas, anualmente
    2. b) Los órganos de gestión de personal de cada Administración, con carácter bienal
    3. c) El Consejo de Ministros o el órgano autonómico equivalente, anualmente
    4. d) Los órganos superiores de cada Ministerio o Consejería, cada dos años
    Ver respuesta

    Respuesta: a) Los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas, anualmente

    El artículo 70.2 del TREBEP establece que la Oferta de empleo público o instrumento similar se aprobará anualmente por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas.

    Test del Título V: Ordenación de la actividad profesionalTodas las preguntas de este título del TREBEP

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.