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    LO 1/2004 (Violencia de género) · Título II · Capítulo V

    Artículo 28 bis de la LO 1/2004 (Violencia de género)

    Alcance y garantía del derecho

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 7 de septiembre de 2022) · 1 pregunta de test

    Lo que preguntan del art. 28 bis

    • Según el artículo 28 bis de la LO 1/2004, ¿qué comprende el derecho a la reparación de las víctimas de violencia de género? → La compensación económica, las medidas de recuperación física, psíquica y social, la reparación simbólica y las garantías de no repetición

    Texto del art. 28 bis

    Las víctimas de violencia de género tienen derecho a la reparación, lo que comprende la compensación económica por los daños y perjuicios derivados de la violencia, las medidas necesarias para su completa recuperación física, psíquica y social, las acciones de reparación simbólica y las garantías de no repetición.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 28 bis de la LO 1/2004 (Violencia de género)

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.Según el artículo 28 bis de la LO 1/2004, ¿qué comprende el derecho a la reparación de las víctimas de violencia de género?

    1. a) La compensación económica, las medidas de recuperación física y social, las acciones de reparación simbólica y las garantías de no repetición
    2. b) La compensación económica, las medidas de recuperación física, psíquica y social, las acciones de reparación material y las garantías de no repetición
    3. c) La compensación económica, las medidas de recuperación física, psíquica y social, la reparación simbólica y las garantías de no repetición
    4. d) La compensación económica, las medidas de recuperación física, psíquica y social, las acciones de reparación simbólica y las garantías de no reincidencia
    Ver respuesta

    Respuesta: c) La compensación económica, las medidas de recuperación física, psíquica y social, la reparación simbólica y las garantías de no repetición

    Según el artículo 28 bis de la LO 1/2004, el derecho a la reparación comprende la compensación económica, las medidas necesarias para su completa recuperación física, psíquica y social, las acciones de reparación simbólica y las garantías de no repetición.

    Test del Título IITodas las preguntas de este título de la LO 1/2004 (Violencia de género)

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.