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    Ley 7/1985 (LBRL) · Título V · Capítulo II

    Artículo 61 de la Ley 7/1985 (LBRL)

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 11 de marzo de 2003) · 1 pregunta de test

    Lo que preguntan del art. 61

    • ¿Qué tipo de acuerdos o actuaciones se consideran gravemente dañosas para los intereses generales, según el artículo 61.2 de la Ley 7/1985? → Los que den cobertura o apoyo, expreso o tácito, de forma reiterada y grave, al terrorismo o a sus partícipes

    Texto del art. 61

    1. El Consejo de Ministros, a iniciativa propia y con conocimiento del Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma correspondiente o a solicitud de éste y, en todo caso, previo acuerdo favorable del Senado, podrá proceder, mediante real decreto, a la disolución de los órganos de las corporaciones locales en el supuesto de gestión gravemente dañosa para los intereses generales que suponga incumplimiento de sus obligaciones constitucionales.

    2. Se considerarán, en todo caso, decisiones gravemente dañosas para los intereses generales en los términos previstos en el apartado anterior, los acuerdos o actuaciones de los órganos de las corporaciones locales que den cobertura o apoyo, expreso o tácito, de forma reiterada y grave, al terrorismo o a quienes participen en su ejecución, lo enaltezcan o justifiquen, y los que menosprecien o humillen a las víctimas o a sus familiares.

    3. Acordada la disolución, será de aplicación la legislación electoral general, cuando proceda, en relación a la convocatoria de elecciones parciales y, en todo caso, la normativa reguladora de la provisional administración ordinaria de la corporación.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 61 de la Ley 7/1985 (LBRL)

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.¿Qué tipo de acuerdos o actuaciones se consideran gravemente dañosas para los intereses generales, según el artículo 61.2 de la Ley 7/1985?

    1. a) Los que den cobertura o apoyo, expreso o tácito, de forma reiterada y grave, al terrorismo o a sus partícipes
    2. b) Los que generen un grave perjuicio patrimonial a la corporación local por una gestión negligente
    3. c) Los que supongan un incumplimiento grave y reiterado de las obligaciones económicas de la corporación local
    4. d) Los que impliquen un menoscabo significativo de la autonomía municipal o de las competencias autonómicas
    Ver respuesta

    Respuesta: a) Los que den cobertura o apoyo, expreso o tácito, de forma reiterada y grave, al terrorismo o a sus partícipes

    El artículo 61.2 de la Ley 7/1985 establece que se considerarán gravemente dañosas para los intereses generales los acuerdos o actuaciones que den cobertura o apoyo, expreso o tácito, de forma reiterada y grave, al terrorismo o a quienes participen en su ejecución, lo enaltezcan o justifiquen, y los que menosprecien o humillen a las víctimas o a sus familiares.

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.