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    Ley 40/2015 · Título preliminar · Capítulo II · Sección 1

    Artículo 7 de la Ley 40/2015

    Órganos consultivos

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 2 de octubre de 2015) · 2 preguntas de test

    Lo que preguntan del art. 7

    • ¿Cómo puede articularse la Administración consultiva según la Ley 40/2015? → Mediante órganos específicos dotados de autonomía orgánica y funcional, o a través de los servicios de la Administración activa
    • Cuando los servicios de la Administración activa prestan asistencia jurídica consultiva, ¿qué garantía deben cumplir? → No podrán recibir instrucciones, directrices o cualquier indicación de los órganos que hayan elaborado las disposiciones objeto de consulta

    Texto del art. 7

    La Administración consultiva podrá articularse mediante órganos específicos dotados de autonomía orgánica y funcional con respecto a la Administración activa, o a través de los servicios de esta última que prestan asistencia jurídica.

    En tal caso, dichos servicios no podrán estar sujetos a dependencia jerárquica, ya sea orgánica o funcional, ni recibir instrucciones, directrices o cualquier clase de indicación de los órganos que hayan elaborado las disposiciones o producido los actos objeto de consulta, actuando para cumplir con tales garantías de forma colegiada.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 7 de la Ley 40/2015

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.¿Cómo puede articularse la Administración consultiva según la Ley 40/2015?

    1. a) Mediante órganos específicos dotados de autonomía orgánica y funcional, o a través de los servicios de la Administración activa
    2. b) A través de órganos colegiados dependientes jerárquicamente de la Administración activa, o por servicios jurídicos
    3. c) Únicamente mediante los servicios de la Administración activa que prestan asistencia jurídica, sin autonomía propia
    4. d) Exclusivamente a través de órganos específicos con autonomía funcional, sin dependencia orgánica de la Administración activa
    Ver respuesta

    Respuesta: a) Mediante órganos específicos dotados de autonomía orgánica y funcional, o a través de los servicios de la Administración activa

    Según el artículo 7 de la Ley 40/2015, la Administración consultiva puede articularse mediante órganos específicos dotados de autonomía orgánica y funcional o a través de los servicios de la Administración activa que prestan asistencia jurídica.

    2.Cuando los servicios de la Administración activa prestan asistencia jurídica consultiva, ¿qué garantía deben cumplir?

    1. a) No podrán recibir instrucciones, directrices o cualquier indicación de los órganos que hayan elaborado las disposiciones objeto de consulta
    2. b) Actuarán de forma individual, con plena independencia, para evitar cualquier tipo de injerencia externa o interna
    3. c) Deben estar sujetos a dependencia jerárquica funcional, pero no orgánica, para asegurar la coordinación con la Administración activa
    4. d) Podrán recibir directrices de los órganos que hayan producido los actos objeto de consulta, siempre que sean vinculantes
    Ver respuesta

    Respuesta: a) No podrán recibir instrucciones, directrices o cualquier indicación de los órganos que hayan elaborado las disposiciones objeto de consulta

    El artículo 7 de la Ley 40/2015 establece que dichos servicios no podrán recibir instrucciones, directrices o cualquier clase de indicación de los órganos que hayan elaborado las disposiciones o producido los actos objeto de consulta.

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.