Constitución · Título VI
Artículo 124 de la Constitución
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 29 de diciembre de 1978) · 2 preguntas de test
Lo que preguntan del art. 124
- Según la Constitución, ¿quién nombra al Fiscal General del Estado? → El Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial
- ¿Cuál de los siguientes principios rige el ejercicio de las funciones del Ministerio Fiscal, según la Constitución? → Unidad de actuación y dependencia jerárquica
Texto del art. 124
1. El Ministerio Fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social.
2. El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.
3. La ley regulará el estatuto orgánico del Ministerio Fiscal.
4. El Fiscal General del Estado será nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial.
Test del art. 124 de la Constitución
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.Según la Constitución, ¿quién nombra al Fiscal General del Estado?
- a) El Gobierno, a propuesta del Rey, oído el Consejo General del Poder Judicial
- b) El Rey, a propuesta del Gobierno, con el informe del Consejo de Estado
- c) El Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial
- d) El Presidente del Gobierno, con el informe favorable del Consejo General del Poder Judicial
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Respuesta: c) El Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial
El artículo 124.4 de la Constitución Española establece que el Fiscal General del Estado será nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial.
2.¿Cuál de los siguientes principios rige el ejercicio de las funciones del Ministerio Fiscal, según la Constitución?
- a) Autonomía funcional y objetividad
- b) Dependencia jerárquica y objetividad
- c) Unidad de actuación y autonomía funcional
- d) Unidad de actuación y dependencia jerárquica
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Respuesta: d) Unidad de actuación y dependencia jerárquica
Según el artículo 124.2 de la Constitución Española, el Ministerio Fiscal ejerce sus funciones conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica, y con sujeción a los de legalidad e imparcialidad.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.