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    Ley 40/2015 · Título I · Capítulo II

    Artículo 68 de la Ley 40/2015

    Reglas generales sobre los servicios comunes de los Ministerios

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 2 de octubre de 2015) · 1 pregunta de test

    Lo que preguntan del art. 68

    • Según la Ley 40/2015, ¿qué función corresponde a los servicios comunes de los Ministerios? → La gestión de medios materiales y servicios auxiliares

    Texto del art. 68

    1. Los órganos directivos encargados de los servicios comunes, prestan a los órganos superiores y directivos del resto del Ministerio la asistencia precisa para el más eficaz cumplimiento de sus cometidos y, en particular, la eficiente utilización de los medios y recursos materiales, económicos y personales que tengan asignados.

    Corresponde a los servicios comunes el asesoramiento, el apoyo técnico y, en su caso, la gestión directa en relación con las funciones de planificación, programación y presupuestación, cooperación internacional, acción en el exterior, organización y recursos humanos, sistemas de información y comunicación, producción normativa, asistencia jurídica, gestión financiera, gestión de medios materiales y servicios auxiliares, seguimiento, control e inspección de servicios, estadística para fines estatales y publicaciones.

    2. Los servicios comunes funcionan en cada Departamento de acuerdo con las disposiciones y directrices adoptadas por los Ministerios con competencia sobre dichas funciones comunes en la Administración General del Estado. Todo ello, sin perjuicio de que determinados órganos con competencia sobre algunos servicios comunes sigan dependiendo funcional o jerárquicamente de alguno de los referidos Ministerios.

    3. Mediante Real Decreto podrá preverse la gestión compartida de algunos de los servicios comunes que podrá realizarse de las formas siguientes:

    a) Mediante su coordinación directa por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o por un organismo autónomo vinculado o dependiente del mismo, que prestarán algunos de estos servicios comunes a otros Ministerios.

    b) Mediante su coordinación directa por la Subsecretaría de cada Ministerio o por un organismo autónomo vinculado o dependiente de la misma que prestará algunos de estos servicios comunes a todo el Ministerio. El Real Decreto que determine la gestión compartida de algunos de los servicios comunes concretará el régimen de dependencia orgánica y funcional del personal que viniera prestando el servicio respectivo en cada unidad.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 68 de la Ley 40/2015

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.Según la Ley 40/2015, ¿qué función corresponde a los servicios comunes de los Ministerios?

    1. a) La dirección estratégica de la política exterior del Estado
    2. b) La gestión de medios materiales y servicios auxiliares
    3. c) La representación legal del Gobierno ante organismos internacionales
    4. d) La aprobación de los planes anuales de contratación pública
    Ver respuesta

    Respuesta: b) La gestión de medios materiales y servicios auxiliares

    Según el artículo 68.1 de la Ley 40/2015, corresponde a los servicios comunes la gestión de medios materiales y servicios auxiliares, entre otras funciones.

    Test del Título I: Administración General del EstadoTodas las preguntas de este título de la Ley 40/2015

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.