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    Ley 39/2015 · Título IV · Capítulo V · Sección 3

    Artículo 93 de la Ley 39/2015

    Desistimiento por la Administración

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 2 de octubre de 2015) · 1 pregunta de test

    Lo que preguntan del art. 93

    • Según el artículo 93 de la Ley 39/2015, ¿qué requisitos se exigen para que la Administración desista en procedimientos iniciados de oficio? → Que sea motivado y se cumplan los supuestos y requisitos previstos en las Leyes

    Texto del art. 93

    En los procedimientos iniciados de oficio, la Administración podrá desistir, motivadamente, en los supuestos y con los requisitos previstos en las Leyes.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 93 de la Ley 39/2015

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.Según el artículo 93 de la Ley 39/2015, ¿qué requisitos se exigen para que la Administración desista en procedimientos iniciados de oficio?

    1. a) Que sea de oficio y se justifique por razones de interés público
    2. b) Que sea motivado y se publique en el boletín oficial correspondiente
    3. c) Que sea motivado y se cuente con el consentimiento del interesado
    4. d) Que sea motivado y se cumplan los supuestos y requisitos previstos en las Leyes
    Ver respuesta

    Respuesta: d) Que sea motivado y se cumplan los supuestos y requisitos previstos en las Leyes

    El artículo 93 de la Ley 39/2015 establece que la Administración podrá desistir, motivadamente, en los supuestos y con los requisitos previstos en las Leyes.

    Test del Título IV: De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo comúnTodas las preguntas de este título de la Ley 39/2015

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.