Constitución · Título II
Artículo 60 de la Constitución
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 29 de diciembre de 1978) · 1 pregunta de test
Lo que preguntan del art. 60
- ¿Quién será tutor del Rey menor si el Rey difunto no lo hubiese nombrado en su testamento? → El padre o la madre, mientras permanezcan en estado de viudedad
Texto del art. 60
1. Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey.
2. El ejercicio de la tutela es también incompatible con el de todo cargo o representación política.
Test del art. 60 de la Constitución
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.¿Quién será tutor del Rey menor si el Rey difunto no lo hubiese nombrado en su testamento?
- a) El padre o la madre, mientras permanezcan en estado de viudedad
- b) Las Cortes Generales, si no existe padre o madre viudos
- c) El ascendiente directo más próximo del Rey, si es mayor de edad
- d) La persona designada por el Consejo de Estado en tal supuesto
Ver respuesta
Respuesta: a) El padre o la madre, mientras permanezcan en estado de viudedad
Según el artículo 60.1 de la Constitución Española, si el Rey difunto no hubiese nombrado tutor, lo será el padre o la madre mientras permanezcan viudos.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.