Constitución · Título II
Artículo 58 de la Constitución
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 29 de diciembre de 1978) · 1 pregunta de test
Lo que preguntan del art. 58
- Según el artículo 58 de la Constitución, la Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales: → salvo lo dispuesto para la Regencia
Texto del art. 58
La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.
Test del art. 58 de la Constitución
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.Según el artículo 58 de la Constitución, la Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales:
- a) salvo lo dispuesto para la Regencia
- b) en ningún caso ni bajo ninguna circunstancia
- c) excepto por delegación expresa del Rey o la Reina
- d) salvo en situaciones de grave crisis institucional
Ver respuesta
Respuesta: a) salvo lo dispuesto para la Regencia
El artículo 58 de la Constitución establece que la Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.