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    Constitución · Título I · Capítulo tercero

    Artículo 43 de la Constitución

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 29 de diciembre de 1978) · 1 pregunta de test

    Lo que preguntan del art. 43

    • Según el artículo 43.2 de la Constitución, ¿a quién compete organizar y tutelar la salud pública? → A los poderes públicos

    Texto del art. 43

    1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.

    2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.

    3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 43 de la Constitución

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.Según el artículo 43.2 de la Constitución, ¿a quién compete organizar y tutelar la salud pública?

    1. a) Al Ministerio de Sanidad
    2. b) A los poderes públicos
    3. c) Al Gobierno de la Nación
    4. d) A las Administraciones sanitarias
    Ver respuesta

    Respuesta: b) A los poderes públicos

    El artículo 43.2 de la Constitución Española establece que compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública.

    Test del Título I: De los derechos y deberes fundamentalesTodas las preguntas de este título de la Constitución

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.