Acuerdo de 17 de febrero de 2026, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se promociona a la categoría de Magistrado/a los Jueces y Juezas a quienes corresponde por turno de antigüedad y…
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL · Otros
Estado: Convocatoria
- Plazas
- 2
- Cuerpo
- Carrera Judicial
- BOE
- BOE-A-2026-4107
Competencia estimada: alta (7/10). Aproximadamente 50–90 opositores por plaza, según patrones históricos del cuerpo, grupo funcionarial y nivel territorial. Estimación heurística — no es un dato oficial.
Como consecuencia de la estimación del recurso de alzada 34/2026, por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en fecha 11 de febrero de 2026, se ha acordado retrotraer las actuaciones al momento inmediatamente anterior al acuerdo de 20 de enero de 2026 de la Comisión Permanente por el que se acordaba dar inicio a los trámites del ascenso a Magistrado/a, el cual ha quedado sin efecto, iniciándose nuevamente los trámites para el ascenso. De conformidad con el artículo 311.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que establece que los Magistrados/as promovidos por el ascenso, podrán optar por continuar en la plaza que venían ocupando o por ocupar la vacante que en el momento del ascenso le sea ofertada, con las consecuencias de permanencia en destinos que para cada caso establece el párrafo segundo del número 1 del citado precepto, La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicia