LO 1/2004 (Violencia de género) · Título V · Capítulo III
Artículo 59 de la LO 1/2004 (Violencia de género)
Competencia territorial
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 29 de diciembre de 2004) · 2 preguntas de test
Lo que preguntan del art. 59
- Según el artículo 59 de la LO 1/2004, la competencia territorial del Juez de Violencia sobre la Mujer para los delitos o faltas que le corresponden se determina por: → El lugar del domicilio de la víctima
- Conforme al artículo 59 de la LO 1/2004, ¿qué puede adoptar el Juez del lugar de comisión de los hechos, sin perjuicio de la competencia territorial general? → La orden de protección o medidas urgentes del artículo 13 de la Ley
Texto del art. 59
Se adiciona un nuevo artículo 15 bis en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuya redacción es la siguiente:
«En el caso de que se trate de algunos de los delitos o faltas cuya instrucción o conocimiento corresponda al Juez de Violencia sobre la Mujer, la competencia territorial vendrá determinada por el lugar del domicilio de la víctima, sin perjuicio de la adopción de la orden de protección, o de medidas urgentes del artículo 13 de la presente Ley que pudiera adoptar el Juez del lugar de comisión de los hechos.»
Test del art. 59 de la LO 1/2004 (Violencia de género)
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.Según el artículo 59 de la LO 1/2004, la competencia territorial del Juez de Violencia sobre la Mujer para los delitos o faltas que le corresponden se determina por:
- a) El lugar de la primera denuncia interpuesta
- b) El domicilio del presunto agresor
- c) El lugar de comisión de los hechos
- d) El lugar del domicilio de la víctima
Ver respuesta
Respuesta: d) El lugar del domicilio de la víctima
El artículo 59 de la LO 1/2004 establece que la competencia territorial vendrá determinada por el lugar del domicilio de la víctima.
2.Conforme al artículo 59 de la LO 1/2004, ¿qué puede adoptar el Juez del lugar de comisión de los hechos, sin perjuicio de la competencia territorial general?
- a) La orden de protección o medidas urgentes del artículo 13 de la Ley
- b) Únicamente las medidas de alejamiento y comunicación
- c) Cualquier medida cautelar de carácter penal o civil
- d) Las medidas de protección de la víctima, excepto la orden de protección
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Respuesta: a) La orden de protección o medidas urgentes del artículo 13 de la Ley
El artículo 59 de la LO 1/2004 indica que el Juez del lugar de comisión de los hechos puede adoptar la orden de protección o medidas urgentes del artículo 13 de la Ley.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.