Ley 9/2017 (LCSP) · Libro primero · Título I · Capítulo IV
Artículo 43 de la Ley 9/2017 (LCSP)
Causas de invalidez de derecho civil
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 9 de noviembre de 2017)
Texto del art. 43
La invalidez de los contratos por causas reconocidas en el derecho civil, en cuanto resulten de aplicación a los contratos a que se refiere el artículo 38, se sujetará a los requisitos y plazos de ejercicio de las acciones establecidos en el ordenamiento civil, pero el procedimiento para hacerlas valer, cuando el contrato se haya celebrado por una Administración Pública, se someterá a lo previsto en los artículos anteriores para los actos y contratos administrativos anulables.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.