Ley 7/1985 (LBRL) · Título XI
Artículo 141 de la Ley 7/1985 (LBRL)
Límites de las sanciones económicas
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 17 de diciembre de 2003) · 1 pregunta de test
Lo que preguntan del art. 141
- Según la Ley 7/1985, ¿cuál es el límite máximo de las multas por infracciones graves de Ordenanzas locales, salvo previsión legal distinta? → Hasta 1.500 euros
Texto del art. 141
Salvo previsión legal distinta, las multas por infracción de Ordenanzas locales deberán respetar las siguientes cuantías:
Infracciones muy graves: hasta 3.000 euros.
Infracciones graves: hasta 1.500 euros.
Infracciones leves: hasta 750 euros.
Test del art. 141 de la Ley 7/1985 (LBRL)
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.Según la Ley 7/1985, ¿cuál es el límite máximo de las multas por infracciones graves de Ordenanzas locales, salvo previsión legal distinta?
- a) Hasta 1.500 euros
- b) Hasta 1.000 euros
- c) Hasta 750 euros
- d) Hasta 3.000 euros
Ver respuesta
Respuesta: a) Hasta 1.500 euros
Según el artículo 141 de la Ley 7/1985, las multas por infracciones graves de Ordenanzas locales deberán respetar una cuantía de hasta 1.500 euros.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.