Ley 40/2015 · Título II · Capítulo IV
Artículo 109 de la Ley 40/2015
Definición
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 2 de octubre de 2015) · 1 pregunta de test
Lo que preguntan del art. 109
- ¿Qué indicación debe figurar en la denominación de una entidad que tenga la naturaleza jurídica de autoridad administrativa independiente? → La indicación "autoridad administrativa independiente" o su abreviatura "A.A.I."
Texto del art. 109
1. Son autoridades administrativas independientes de ámbito estatal las entidades de derecho público que, vinculadas a la Administración General del Estado y con personalidad jurídica propia, tienen atribuidas funciones de regulación o supervisión de carácter externo sobre sectores económicos o actividades determinadas, por requerir su desempeño de independencia funcional o una especial autonomía respecto de la Administración General del Estado, lo que deberá determinarse en una norma con rango de Ley.
2. Las autoridades administrativas independientes actuarán, en el desarrollo de su actividad y para el cumplimiento de sus fines, con independencia de cualquier interés empresarial o comercial.
3. Con independencia de cuál sea su denominación, cuando una entidad tenga la naturaleza jurídica de autoridad administrativa independiente deberá figurar en su denominación la indicación «autoridad administrativa independiente» o su abreviatura «A.A.I.».
Test del art. 109 de la Ley 40/2015
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.¿Qué indicación debe figurar en la denominación de una entidad que tenga la naturaleza jurídica de autoridad administrativa independiente?
- a) La mención "organismo autónomo de ámbito estatal" o una que lo identifique como entidad
- b) La expresión "entidad pública con independencia funcional" o una que refleje su autonomía
- c) La referencia a su adscripción a un Ministerio concreto o a la mención de su dependencia
- d) La indicación "autoridad administrativa independiente" o su abreviatura "A.A.I."
Ver respuesta
Respuesta: d) La indicación "autoridad administrativa independiente" o su abreviatura "A.A.I."
El artículo 109.3 de la Ley 40/2015 indica que deberá figurar en su denominación la indicación "autoridad administrativa independiente" o su abreviatura "A.A.I.".
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.