Ley 39/2015 · Título II · Capítulo I
Artículo 14 de la Ley 39/2015
Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 2 de octubre de 2015) · 3 preguntas de test
Lo que preguntan del art. 14
- ¿Qué principio rige la relación de las personas físicas con las Administraciones Públicas según la Ley 39/2015? → Podrán elegir el medio de comunicación, salvo que estén obligadas a usar medios electrónicos
- Según la Ley 39/2015, ¿qué colectivo está obligado a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas? → Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, en dicha actividad
- ¿Cómo pueden las Administraciones Públicas establecer la obligación de relación electrónica para colectivos de personas físicas? → Reglamentariamente, para ciertos procedimientos y colectivos con acceso a medios electrónicos
Texto del art. 14
1. Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento.
2. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
3. Reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
Test del art. 14 de la Ley 39/2015
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.¿Qué principio rige la relación de las personas físicas con las Administraciones Públicas según la Ley 39/2015?
- a) Tienen la obligación de comunicarse siempre por medios electrónicos
- b) Podrán elegir el medio de comunicación, salvo que estén obligadas a usar medios electrónicos
- c) Una vez elegido el medio de comunicación, no podrán modificarlo en el futuro
- d) Deben usar medios electrónicos para ejercer derechos, pero no para cumplir obligaciones
Ver respuesta
Respuesta: b) Podrán elegir el medio de comunicación, salvo que estén obligadas a usar medios electrónicos
Según el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, las personas físicas podrán elegir el medio de comunicación, salvo que estén obligadas a relacionarse electrónicamente.
2.Según la Ley 39/2015, ¿qué colectivo está obligado a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas?
- a) Las personas físicas que, por su capacidad económica acreditada, tengan acceso y disponibilidad de medios electrónicos
- b) Los empleados públicos para los trámites y actuaciones que realicen ajenos a su condición de empleado público
- c) Quienes representen a un interesado, independientemente de si este último ha elegido la comunicación electrónica o no
- d) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, en dicha actividad
Ver respuesta
Respuesta: d) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, en dicha actividad
El artículo 14.2.c de la Ley 39/2015 establece la obligación para quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites de dicha actividad.
3.¿Cómo pueden las Administraciones Públicas establecer la obligación de relación electrónica para colectivos de personas físicas?
- a) Por simple acuerdo del Pleno del organismo, para trámites comunes y colectivos, sin que sea preciso justificar el acceso a medios
- b) Por ley orgánica, para todos los procedimientos y colectivos, sin necesidad de acreditar la disponibilidad de medios electrónicos
- c) Reglamentariamente, para ciertos procedimientos y colectivos con acceso a medios electrónicos
- d) Mediante instrucción interna del Director General, para cualquier procedimiento y colectivo, sin exigir que tengan acceso a los medios
Ver respuesta
Respuesta: c) Reglamentariamente, para ciertos procedimientos y colectivos con acceso a medios electrónicos
El artículo 14.3 de la Ley 39/2015 indica que las Administraciones pueden establecer esta obligación reglamentariamente para ciertos colectivos de personas físicas que tengan acceso y disponibilidad de medios electrónicos.
Otros artículos de Título II · Capítulo I
Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.