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    Ley 39/2015 · Título V · Capítulo I

    Artículo 107 de la Ley 39/2015

    Declaración de lesividad de actos anulables

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 2 de octubre de 2015) · 1 pregunta de test

    Lo que preguntan del art. 107

    • ¿Cuál es el plazo máximo para que una Administración Pública adopte la declaración de lesividad desde que se dictó el acto administrativo? → Cuatro años desde que se dictó el acto

    Texto del art. 107

    1. Las Administraciones Públicas podrán impugnar ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo los actos favorables para los interesados que sean anulables conforme a lo dispuesto en el artículo 48, previa su declaración de lesividad para el interés público.

    2. La declaración de lesividad no podrá adoptarse una vez transcurridos cuatro años desde que se dictó el acto administrativo y exigirá la previa audiencia de cuantos aparezcan como interesados en el mismo, en los términos establecidos por el artículo 82.

    Sin perjuicio de su examen como presupuesto procesal de admisibilidad de la acción en el proceso judicial correspondiente, la declaración de lesividad no será susceptible de recurso, si bien podrá notificarse a los interesados a los meros efectos informativos.

    3. Transcurrido el plazo de seis meses desde la iniciación del procedimiento sin que se hubiera declarado la lesividad, se producirá la caducidad del mismo.

    4. Si el acto proviniera de la Administración General del Estado o de las Comunidades Autónomas, la declaración de lesividad se adoptará por el órgano de cada Administración competente en la materia.

    5. Si el acto proviniera de las entidades que integran la Administración Local, la declaración de lesividad se adoptará por el Pleno de la Corporación o, en defecto de éste, por el órgano colegiado superior de la entidad.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 107 de la Ley 39/2015

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.¿Cuál es el plazo máximo para que una Administración Pública adopte la declaración de lesividad desde que se dictó el acto administrativo?

    1. a) Cinco años desde que se dictó el acto
    2. b) Cuatro años desde que se dictó el acto
    3. c) Tres años desde que se dictó el acto
    4. d) Dos años desde que se dictó el acto
    Ver respuesta

    Respuesta: b) Cuatro años desde que se dictó el acto

    Según el artículo 107.2 de la Ley 39/2015, la declaración de lesividad no podrá adoptarse una vez transcurridos cuatro años desde que se dictó el acto administrativo.

    Test del Título V: De la revisión de los actos en vía administrativaTodas las preguntas de este título de la Ley 39/2015

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.