Constitución · Título VII
Artículo 131 de la Constitución
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 29 de diciembre de 1978) · 1 pregunta de test
Lo que preguntan del art. 131
- Según el artículo 131.2 de la Constitución, ¿quién elabora los proyectos de planificación de la actividad económica general? → El Gobierno, con las previsiones de las Comunidades Autónomas
Texto del art. 131
1. El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.
2. El Gobierno elaborará los proyectos de planificación, de acuerdo con las previsiones que le sean suministradas por las Comunidades Autónomas y el asesoramiento y colaboración de los sindicatos y otras organizaciones profesionales, empresariales y económicas. A tal fin se constituirá un Consejo, cuya composición y funciones se desarrollarán por ley.
Test del art. 131 de la Constitución
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.Según el artículo 131.2 de la Constitución, ¿quién elabora los proyectos de planificación de la actividad económica general?
- a) El Estado, con la colaboración de los sindicatos y otras organizaciones
- b) Las Cortes Generales, a propuesta de un Consejo específico
- c) El Gobierno, con las previsiones de las Comunidades Autónomas
- d) Un Consejo, con el asesoramiento de organizaciones profesionales
Ver respuesta
Respuesta: c) El Gobierno, con las previsiones de las Comunidades Autónomas
El artículo 131.2 de la Constitución establece que el Gobierno elaborará los proyectos de planificación, de acuerdo con las previsiones que le sean suministradas por las Comunidades Autónomas.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.