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    Constitución · Título VII

    Artículo 129 de la Constitución

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 29 de diciembre de 1978) · 1 pregunta de test

    Lo que preguntan del art. 129

    • Según el artículo 129.1 de la Constitución, ¿quién establecerá las formas de participación de los interesados en la Seguridad Social? → La ley

    Texto del art. 129

    1. La ley establecerá las formas de participación de los interesados en la Seguridad Social y en la actividad de los organismos públicos cuya función afecte directamente a la calidad de la vida o al bienestar general.

    2. Los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas. También establecerán los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 129 de la Constitución

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.Según el artículo 129.1 de la Constitución, ¿quién establecerá las formas de participación de los interesados en la Seguridad Social?

    1. a) El Gobierno
    2. b) La ley
    3. c) Los poderes públicos
    4. d) La Administración
    Ver respuesta

    Respuesta: b) La ley

    El artículo 129.1 de la Constitución Española establece que "La ley establecerá las formas de participación de los interesados en la Seguridad Social".

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.