Pensión de orfandad 2026: requisitos y cuantía
La pensión de orfandad es una prestación contributiva de la Seguridad Social que reciben los hijos de un cotizante fallecido. La cuantía estándar es del 20% de la base reguladora del fallecido (puede subir al 70% si no queda cónyuge ni otros beneficiarios — "pensión de orfandad absoluta"). Se cobra hasta los 21 años, o hasta los 25 si el huérfano estudia y no tiene ingresos superiores al SMI. Para huérfanos con discapacidad ≥ 33%, la pensión es vitalicia.
Cuantía
Estándar: 20% de la base reguladora del fallecido.
Organismo
Seguridad Social
Tipo
Permanente
Cuantía y duración
Estándar: 20% de la base reguladora del fallecido. Si no queda viudo/a u otros con derecho: hasta 70% (orfandad "absoluta"). Cuantía mínima 2026: ≈ 226 €/mes huérfano simple, ≈ 690 €/mes orfandad absoluta. 14 pagas.
Requisitos para acceder
Ser hijo del fallecido (biológico, adoptado o asimilado)
Que el fallecido estuviera en alta o asimilada al alta en la Seguridad Social, o cobrando una pensión contributiva
Ser menor de 21 años, o de 25 si estudia con ingresos inferiores al SMI
No tener ingresos propios superiores al SMI (en el tramo 21-25 estudios)
Sin límite de edad si tiene discapacidad ≥ 33% reconocida
Cómo solicitarlo paso a paso
- 1
Solicita en el INSS
Online en sede.seg-social.gob.es con cl@ve, certificado o DNIe, o presencialmente con cita previa.
- 2
Aporta certificado del fallecido
Certificado de defunción + certificado de empresa o de últimas cotizaciones. Si era pensionista, certificado de la pensión.
- 3
Si tienes 21-25 y estudias, justifícalo
Hay que aportar certificado de estudios cada curso para mantener la pensión hasta los 25.
- 4
Cobra desde la fecha del fallecimiento
La pensión se reconoce con efectos retroactivos al día siguiente del fallecimiento. Te abonan los atrasos en la primera nómina.
Documentación habitual
- DNI o NIE del huérfano
- Certificado literal de nacimiento
- Libro de familia
- Certificado de defunción del fallecido
- Certificado de últimas voluntades
- Certificado de estudios si tiene 21-25 años
- Certificado de discapacidad si aplica
Lista orientativa. Cada organismo gestor puede requerir documentación adicional según el caso.
Compatibilidades
Marco legal y fuentes oficiales
Esta prestación está regulada por las siguientes normas y se gestiona por estos organismos oficiales:
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra de pensión de orfandad?
El 20% de la base reguladora del fallecido. Si la base reguladora era baja, se garantiza una cuantía mínima legal: en 2026, aproximadamente 226 €/mes para orfandad simple, y unos 690 €/mes para orfandad absoluta (cuando no hay cónyuge supérstite ni otros con derecho). 14 pagas al año.
¿Hasta cuándo se cobra la pensión de orfandad?
Hasta los 21 años en general. Hasta los 25 si el huérfano está cursando estudios oficiales y no tiene ingresos por trabajo superiores al SMI. Sin límite de edad (vitalicia) si el huérfano tiene una discapacidad reconocida ≥ 33% que le impida trabajar.
¿Qué es la "orfandad absoluta"?
Cuando el huérfano no tiene madre/padre o cónyuge supérstite con derecho a pensión de viudedad. En ese caso, el porcentaje se eleva del 20% al 52%-70% de la base reguladora, repartido entre los huérfanos. Por ejemplo, si fallecen ambos progenitores y queda un solo hijo, este puede recibir el 70%.
¿Es compatible la pensión de orfandad con trabajar?
Sí, pero con límites. Hasta los 21 años: compatible siempre. Entre 21-25 (extensión por estudios): incompatible si los ingresos por trabajo superan el SMI; conviene declarar a la SS los ingresos del trabajo. Para huérfanos con discapacidad: compatible con cualquier trabajo adaptado.
¿Qué pasa si fallecen los dos progenitores?
Cada progenitor genera su propia pensión de orfandad sobre su base reguladora. El huérfano puede cobrar hasta 2 pensiones de orfandad simultáneamente. Si además no quedan otros con derecho a viudedad, ambas pensiones se elevan a "absoluta" (porcentaje ampliado).
Otras prestaciones relacionadas
Beca MEC
Becas para estudios universitarios, FP de grado superior y enseñanzas artísticas superiores.
Asignación hijo
Prestación familiar no contributiva para familias con renta baja con hijos menores de 18 años a cargo, o hijos con discapacidad ≥ 65%.
Permiso parental
Permiso laboral para cuidado de hijos menores de 8 años.
Familia Numerosa
Reconocimiento oficial que da acceso a descuentos en transporte, ocio, deducción IRPF (1.
Pensión viudedad
Pensión para cónyuge superviviente cuando el causante había cotizado lo suficiente o estaba en alta.
Importante: Esta página recopila información pública para orientar al ciudadano. Las cuantías y requisitos pueden cambiar tras publicaciones en BOE o resoluciones posteriores. Antes de tramitar, verifica la información en la web oficial del organismo gestor. Última revisión editorial: .
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